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Es un tratamiento de excepción por medio del cual la Subdirección de Impuestos y Rentas Municipales, libera de la obligación de presentar la declaración privada del Impuesto de Industria y Comercio anual a determinados contribuyentes sometidos a dicho régimen.
• Ser persona natural.
• Ejercer la actividad gravada solo en un establecimiento de comercio o lugar físico.
• Que el total de los ingresos brutos obtenidos por el ejercicio de la actividad gravada con el Impuesto de Industria y Comercio durante el año gravable inmediatamente anterior, sea igual o inferior a quinientos (500) UVT.
Los contribuyentes del año gravable 2013 y posteriores, deberán presentar el formulario de inscripción hasta el día 30 de Marzo de cada año.
• Ingrese a www.cali.gov.co
• De clic sobre el banner Impuestos en Línea.
• Elija la opción “Inscripción al Régimen Simplificado”.
• Imprima dos ejemplares y preséntelos en la Oficina de Atención al Ciudadano (CAM) o en los CALI habilitados con Ventanilla Única.