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Puntos Vive Digital Plus para apropiación TICS en la ciudad |
1)Se convoca a la comunidad residente en el sector mínimo 75 personas en asamblea se elige tribunal de garantías.
2)Se discuten los estatutos de la nueva J.A.C. se aprueban en acta plasman el ánimo de asociarse como J.A.C.
3) Se solicita a Planeación Municipal certificación de los linderos del barrio o sector a constituir como J.A.C.
Las J.A.C. reunión con todos los dignatarios, donde se decida que dignatario los representará ante el comité, se debe levantar acta, si es organización o sector diferente se debe citar a todos los sectores, y designar su delegado igual se debe levantar acta con asistencia de los participantes entregar al CALI acta y listado de asistencia en original.
Los interesados solicitan a Planeación Municipal la segregación del territorio de la J.A.C. una vez segregada la J.A.C se invita al presidente de la J.A.C actual, para conceptuar con él la segregación del territorio, los interesado a través de acta manifiestan el interés de crear una nueva J.A.C para lo cual deben aprobar unos estatutos previamente elaborados, con la aprobación de los estatutos se solicita a la SDTBS conceder personería jurídica y fijar fecha para elecciones de una nueva J.A.C.
Es necesario que el proyecto presentado, esté enmarcado en el Plan de Desarrollo de la Comuna, o Corregimiento, que el comité de planificación lo apruebe, y le asigne presupuesto. Una vez aprobado la se presenta a la Dependencia respectiva, quien revisado el proyecto le asignará un BP o número lo cual significa que es susceptible de ser financiado con recurso del Situado Fiscal Territorial.