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Reglamentada propaganda electoral para elecciones de octubre

Reglamentada propaganda electoral para elecciones de octubre

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Los partidos y movimientos políticos que se presentan a elecciones del mes de octubre para elegir gobernadores, diputados, alcalde, concejales y representantes a las Juntas Administradoras Locales,  pueden hacer uso de la publicidad exterior visual a partir de este sábado 25 de Julio.

En los lugares autorizados por la Subdirección de Ordenamiento Urbanístico se podrán ubicar hasta 20 vallas por cada partido o movimiento político.

Según María Virginia Borrero, subdirectora de esta dependencia solo se “autorizará la propaganda electoral en las vallas con registro vigente entregado por Planeación Municipal y está completamente prohibida el uso de las vallas o pantallas electrónicas”, precisó.

En las vallas el tamaño máximo es el de 48 m2 y el mínimo es de 8 m2. Igualmente, se permite la entrega de volantes o plegables exceptuando los sitios históricos, puentes peatonales, centros educativos y deportivos, así como tampoco se podrá utilizar como sitio de entrega las entidades de la fuerza pública.

Borrero Garrido informó que también está autorizado el uso de propaganda de candidatos en los vehículos particulares, tipo adhesivo microperforado que cumpla con lo estipulado en las normas.

No puede utilizarse propaganda en buses de transporte público o escolar, ni en los del sistema integrado de transporte masivo.

Entre las prohibiciones, María Virginia Borrero recalcó que no se podrá utilizar propaganda en “parques, plazoletas, zonas verdes, escenarios deportivos, bulevares, rampas para discapacitados, puentes vehiculares, esquinas, ciclovías, túneles, especies arbóreos, zonas azules, glorietas o postes de servicios públicos, así como la infraestructura de redes”.

Recordó que tal como sucede desde hace algún tiempo, no se podrán utilizar pendones, pasacalles, portapendones, pendones móviles en el espacio público de la ciudad.

“La multa por cada pasacalle es de 5 salarios mínimos mensuales legales vigentes y los controles y desmontes están a cargo de la Secretaría de Gobierno”, advirtió la funcionaria.

Tampoco se podrá pintar con aerosol o pintura sobre inmuebles públicos o privados, lo que se sancionará con 5 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Toda la publicidad deberá ser desmontada máximo 48 horas después a los comicios electorales del 25 de octubre.

Anna María Castro Casas, Comunicaciones Alcaldía de Cali

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Fecha de publicación: 21/07/2015
Última modificación: 22/07/2015
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