4 |
Puntos Vive Digital Plus para apropiación TICS en la ciudad |
El Despacho del Departamento Administrativo de Hacienda tiene a su cargo los siguientes trámites:
1. Exención del Impuesto Predial Unificado
2. Exoneración del Impuesto Predial Unificado
3. Exoneración del Impuesto de Industria y Comercio
Si usted considera que su predio o establecimiento cumple con las condiciones para obtener los beneficios de Exención o de Exoneración del Impuesto Predial Unificado o de Industria y Comercio, tenga en cuenta los siguientes requerimientos para adelantar el trámite:
Radicar solicitud en la Oficina de Atención al Ciudadano, indicando Dirección, Número telefónico y Correo electrónico del Representante Legal o Propietario del predio, mediante el cual se puedan enviar las notificaciones; en caso de no contar con un correo, ofrecer uno alternativo.
El trámite de Exención del Impuesto Predial Unificado no requiere pago de estampillas; sin embargo, para las exoneraciones de Impuesto Predial o de Industria y Comercio, el usuario debe pagar estampillas Pro-Desarrollo Urbano por valor de $1.200 y Pro Universidad del Valle por valor de $500, antes de radicar su solicitud.
Para mayor información, consulte en el siguiente enlace los Predios exentos o exonerados
NOTA IMPORTANTE: El Departamento Administrativo de Hacienda está realizando la gestión necesaria con el fin de que los usuarios del trámite de Exención del Impuesto Predial Unificado tengan la opción de llevar a cabo el trámite en línea, es decir, desde la comodidad de su hogar.