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La Dirección Jurídica, a cargo del abogado Carlos Humberto Sánchez Llanos, conoció en las últimas horas la sentencia del Consejo de Estado, que da la razón al Municipio de Santiago de Cali frente a un acto administrativo que ajustó el Manual de Funciones de la entidad, con relación al empleo de Profesional Especializado de los C.A.L.I (Centro de Administración Local Integrada)
El Sindicato de Trabajadores y Empleados Públicos del Municipio de Santiago de Cali, SINTEPUMCALI, solicitaba la nulidad del Decreto 0165 de 12 de Mayo de 2009, mediante el cual se establecía que los Directores de C.A.L.I eran de libre nombramiento.
El Director Jurídico, Carlos Humberto Sánchez Llanos explicó que “al responder el recurso de apelación la apoderada del Municipio se opuso a las pretensiones de los demandantes y demostró que la expedición del Decreto 0165 se ajusta a los parámetros señalados en la Ley, sin que exista falsa motivación ni extralimitación del Alcalde, teniendo en cuenta que la Ley 136 de 1994 le otorga al mandatario la facultad de crear, suprimir o fusionar empleos de sus dependencias”.
Así lo había señalado el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca en la sentencia del 29 de Abril de 2013, donde negaba las pretensiones de la demanda, por considerar que el nominador podía disponer libremente de los cargos de Directores de C.A.L.I, cuyas funciones obedecen a la desconcentración y delegación administrativa.
Igualmente lo ratificó la Procuradora Tercera delegada ante el Consejo de Estado, quien había solicitado que se confirmara la sentencia y se negaran las pretensiones del Sindicato, porque al revisar las funciones de los Directores de C.A.L.I. los cargos son de libre nombramiento y remoción.
Al conocer la decisión del máximo tribunal de lo contencioso administrativo, el Municipio de Santiago de Cali deberá dar alcance a la sentencia del Consejo de Estado conjuntamente con la Dirección de Desarrollo Administrativo y la Secretaría de Desarrollo Territorial y Bienestar Social, dependencia encargada de los Centros de Administración Local Integrada de las 22 Comunas. Los C.A.L.I. representan la desconcentración de los servicios que presta la Alcaldía y a través de ellos se fortalece la gestión en las comunas y corregimientos.
Ver adjunto: (C. P. Alfonso Vargas Rincón). (Consejo de Estado Sección Segunda, Sentencia 76001233100020110156501)
Claudia.salas@cali.gov.co