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La Asesoría de Paz de la Alcaldía de Cali convoca a las organizaciones de derechos humanos y de víctimas del conflicto armado a que actualicen sus datos o inscriban sus organizaciones en la Personería Municipal, en el piso 13 del Centro Administrativo Municipal (CAM). Las inscripciones se realizarán hasta el 30 de marzo de este año.
El objetivo es instar a dichos grupos para que hagan parte de las mesas y los planes municipales para las decisiones de políticas públicas, en el caso de los defensores de los derechos humanos, y participar en los procesos de reparación integral y garantías de no repetición en los casos de las víctimas del conflicto armado.
“Es de vital importancia propiciar espacios de participación para las organizaciones de derechos humanos y de las víctimas del conflicto armado, pues ello no solo garantiza el cumplimiento de la Ley de 1448 de 2011, sino que además propende por la democracia y la construcción de políticas y planes contando con la percepción de las propias comunidades”, afirmó la asesora de Paz de la ciudad, Alexandra Hernández.
Requisitos para quienes desean inscribir las organizaciones de víctimas
1. Presentar el documento de identidad del representante legal o delegado de la organización.
2. Acta en la que conste la voluntad organizativa o asociativa de sus miembros.
3. La certificación, comunicación, acta o instrumento que avale la solicitud de inscripción y que, además, exprese la voluntad de participación por parte de los integrantes de la organización.
4. Con los documentos anteriores, deben diligenciar el formulario de inscripción.
Requisitos para las organizaciones defensoras de derechos de las víctimas
1. El documento que certifique la existencia y representación legal de la organización con sede en el municipio o distrito, donde se pretende la inscripción.
2. El documento de identidad del representante legal.
3. La certificación, comunicación, acta o instrumento que avale la solicitud de inscripción de la organización, expedido por la junta directiva o el órgano societario que estatutariamente sea el competente.
4. Acreditar, a través de los instrumentos legales dispuestos para tal fin, que su objeto social tiene relación directa con el ámbito de aplicación de la Ley 1448 de 2011.
5. Acreditar los documentos que demuestren el desarrollo del objeto social en el Ámbito territorial de la mesa para cual se solicita la inscripción y registro.
6. Diligenciar el formulario de inscripción.
Alexander Camacho / camerazote@gmail.com, de la Oficina de Comunicaciones de la Asesoría de Paz