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El Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca le notificó a la Dirección Jurídica del Municipio, a cargo del abogado Javier Mauricio Pachón Arenales, el fallo a favor de la Administración Municipal, relacionado con una acción popular en la que se reclamaba el acondicionamiento definitivo del Palacio de Justicia Pedro Elías Serrano, en el centro caleño.
De acuerdo con la sentencia, las entidades territoriales, entre ellas, la Alcaldía de Cali, demostraron que el Instituto Financiero para el Desarrollo del Valle del Cauca (Infivalle), el Consejo Superior de la Judicatura, el departamento del Valle del Cauca y el Municipio, habían suscrito tres años después del atentado con carro bomba contra el Palacio de Justicia, ocurrido el 31 de agosto de 2008, un convenio interadministrativo, el 1242, por 500 millones de millones de pesos para la dotación del mobiliario en este complejo.
Con esta dotación, la Administración Municipal espera que los juzgados puedan dejar de trabajar de manera diseminada, como lo han venido haciendo desde hace cinco años.
La Dirección Jurídica de Cali demostró, por lo tanto, que a la Alcaldía no le corresponde adelantar la ejecución de las obras reclamadas.
La conclusión de la acción popular fallada a favor de los intereses del Municipio evidenció que como entidad territorial, no vulneró los derechos colectivos y que, por el contrario, se respetaron las disposiciones jurídicas existentes, toda vez que adelantar las obras de reconstrucción del edificio es competencia del Consejo Superior de la Judicatura.
Consulte la sentencia en el archivo adjunto
/ Claudia.salas@cali.gov.co