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Alcances del proyecto aprobado por el Concejo que garantiza gradualidad en el pago del predial

Alcances del proyecto aprobado por el Concejo que garantiza gradualidad en el pago del predial

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El martes de esta semana, el Concejo Municipal, en sesión plenaria, aprobó la ponencia del concejal Fabio Arroyave del proyecto de acuerdo de reforma tributaria. Este proyecto busca que la estructura tributaria sea más equitativa y permita una gradualidad en el pago del impuesto predial de predios que son objeto de la actualización catastral.

Adicionalmente, se pretende modificar y armonizar la estructura tributaria del Municipio con las normativas nacionales que entraron en vigencia después de la aprobación del Estatuto Tributario de la ciudad, según el acuerdo 0321 de diciembre de 2011.

Dentro de las modificaciones propuestas y aprobadas en primer debate se destacan cuatro aspectos importantes. En primer lugar, la gradualidad en el incremento del impuesto predial ante actualización catastral. El segundo tiene relación con la renovación de algunas exoneraciones en el pago del impuesto en mención, las cuales se han incorporado desde hace 20 años.

En tercera instancia, medidas de optimización tributaria para el impuesto de delineación Urbana y, finalmente, la incorporación del nuevo marco normativo para los espectáculos públicos, conformes con la Ley 1493 de 2011, además de las correcciones de forma al estatuto actual.

El proyecto aprobado en segundo debate en el Concejo había sido radicado por la Administración Municipal, el pasado 6 de diciembre y pasó el primer debate en la Comisión de Presupuesto de la corporación, el 17 del mismo mes.

La directora del Departamento Administrativo de Hacienda de Cali, Cristina Arango, explica a continuación cada una de las modificaciones, teniendo en cuenta que “la equidad en la estructura tributaria de la ciudad, es una prioridad de la administración del Alcalde Rodrigo Guerrero”.

 

Gradualidad en el incremento del impuesto predial de los predios actualizados masivamente

“La actualización catastral que inició la Administración luego de siete años de que la Unión Temporal Sicali tuvo a su cargo la gestión tributaria de la ciudad y cuyo contrato fue finalizado de manera unilateral y se terminó el pasado 30 de octubre, puede implicar una mayor carga tributaria para los contribuyentes. En consecuencia, la propuesta de gradualidad en el incremento en el Impuesto Predial Unificado, contiene un mecanismo cuyo fin es separar el incremento del avalúo (producto de la actualización catastral) del incremento del impuesto predial”, señala la funcionaria.

Anota que “en tal sentido, el impuesto tendrá incrementos menores al máximo permitido por la ley (aumento del 100 %), disminuyendo así el impacto en la capacidad de pago de los ciudadanos, sin afectar la financiación del Plan de Desarrollo 2012-2015, que tiene como lema ‘CaliDA una ciudad para todos’.

Renovación de exenciones del impuesto predial

El Estatuto Tributario vigente estipuló la posibilidad de conceder exoneraciones del pago del impuesto predial a determinados predios, dedicados a la prestación de servicios sociales considerados de importancia para los habitantes de Santiago de Cali y cuyo vencimiento se da en la siguiente vigencia fiscal.

En este proyecto, se propone conceder dichas exoneraciones por 10 años, a los inmuebles que cumplan con las siguientes condiciones:

 Inmuebles de propiedad de entidades culturales dedicadas exclusivamente a la práctica de actividades relacionadas con la cultura.
 Inmuebles de propiedad de juntas de Acción Comunal debidamente reconocidos por la autoridad competente, destinados a salones comunales.
 Inmuebles de propiedad de entidades sindicales de trabajadores y de las asociaciones gremiales de pensionados, destinados exclusivamente a la actividad sindical o gremial.
 Inmuebles utilizados exclusivamente en la prestación directa de servicios de asistencia, protección y atención a la niñez, juventud, personas de la tercera edad o indigentes, rehabilitación de limitados físicos, mentales o sensoriales, drogadictos y reclusos, y atención a damnificados de emergencias y desastres.
 Inmuebles de la Defensa Civil, del Cuerpo de Bomberos de Cali y la Cruz Roja, en cuyos predios no se desarrolle ninguna actividad comercial, industrial o de servicios, que sea distinta de aquellas directamente relacionadas con la naturaleza de dichas entidades.

Equidad en el impuesto de delineación urbana

Se pretende tener un impuesto más equitativo que favorezca a los estratos bajos y la redensificación de la ciudad, porque, según lo manifestado por la directora del Departamento Administrativo de Hacienda, “se busca ajustar la estructura del impuesto de delineación urbana, de tal forma, que se cumplan los principios de progresividad tributaria. Además, se propone que la construcción de vivienda de interés social (VIS) mantenga la exención en estratos 1,2 y 3 –eliminándola para los estratos 4 y 5, por lo que en el estrato 4 se tendrá una tarifa de 1,0 % para el 2013 y de 1,5 % del 2014 en adelante.
Adicionalmente, se pretende disminuir la tarifa del tributo (de 2 % a 1,8 %) para todas las modalidades de licenciamientos, excepto obra nueva, en donde se propone aumentarla en 0,2 puntos porcentuales (de 2 % a 2,2%)”.

Nuevo marco normativo y correcciones puntuales al Estatuto Tributario

Se incorpora el nuevo marco normativo para los espectáculos públicos relacionados con artes escénicas y otro tipo de espectáculos, de acuerdo con lo ordenado por la Ley 1493 del 2011. Así mismo, el proyecto incluye otras disposiciones, con el objetivo de armonizar la estructura tributaria del Municipio con las normativas nacionales posteriores a la entrada en vigencia del acuerdo 321 de 2011 y precisar otros aspectos, como la administración de las estampillas Procultura y Prodesarrollo.

 

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Fecha de publicación: 19/12/2012
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