• Inicio
  • Nuevos operativos de control de ruido en Cali, por parte del Dagma

Nuevos operativos de control de ruido en Cali, por parte del Dagma

Nuevos operativos de control de ruido en Cali, por parte del Dagma

Comparte esta publicación

El Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente (Dagma), a través del grupo de Impactos Comunitarios, continúa realizando operativos nocturnos en diferentes sectores de la ciudad, dando de esta manera atención oportuna a las solicitudes que son presentadas por la ciudadanía y regulando los niveles de ruido emitidos en algunos sectores de la ciudad, sobre todo, en aquellos considerados como críticos.

Como parte de estas acciones, se realizaron visitas de controles, algunas de carácter inicial y posterior, además de imposiciones de medidas preventivas durante el fin de semana comprendido entre el jueves 15 y el sábado 17 de marzo de este año:

Establecimientos con visitas de control inicial
Local de la calle 2D Oeste con carrera 73D, en Los Chorros, en la Comuna 18.
Estanco de la calle 2D Oeste No. 73D, en Los Chorros, de la Comuna 18
Bar Restaurante de la carrera 61 con calle 5, en el barrio Joaquín Borrero, de la Comuna 19.

Establecimientos con visitas de control posterior
Restaurante de la Avenida 9N con calle 10, en el barrio Granada, de la Comuna 2.
Cancha de fútbol de la calle 34 con avenida 2E, en el barrio Prados del Norte, de la Comuna 2.

Establecimientos con medida preventiva
Local de la calle 5 con carrera 61, en el barrio Joaquín Borrero, de la Comuna 19.
Club de la calle 5 con carrera 43, en el barrio El Lido, de la Comuna 19.

Las mediciones de presión sonora efectuadas en estos dos (2) últimos establecimientos arrojaron resultados por encima de los límites de ruido permitidos para los sectores donde se encuentran constituidos como residencial predominante, según Infraestructura de Datos Espaciales de Santiago Cali (Idesc). De acuerdo con el artículo 9 de la Resolución 0627 de 2006, en horario nocturno el ruido no puede superar los 55 decibeles y los 65 en horario diurno.

En razón de lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 (procedimiento para la imposición de medidas preventivas en caso de flagrancia) de la Ley 1333 de 2009, se procedió a imponer medida preventiva consistente en la suspensión de actividades, consideradas en el artículo 12 como objeto de las medidas preventivas.

Estas medidas tienen el propósito de prevenir o de impedir la ocurrencia de un hecho, la realización de una actividad o la existencia de una situación que atente contra el medio ambiente, los recursos naturales, el paisaje o la salud humana.

Las medidas se hicieron efectivas de manera inmediata, mediante la imposición de sellos, apropiados para asegurar el cumplimiento de la sanción, posteriormente se legalizaran mediante acto administrativo, expedido por el área jurídica de la entidad, en un término de tres (3) días, según lo establecido en el artículo 15 de la ley 1333 de 2009.

Como requisito para el levantamiento de la medida preventiva, por tratarse de primer cierre, se requerirá adelantar acciones de mejora, como calibración de los equipos de sonido y adecuaciones locativas.

Como parte del proceso de formación y capacitación, y como medida para evitar reincidencia, los propietarios de los establecimientos fueron convocados a la capacitación sobre normatividad ambiental vigente que rige para regulación de ruido y otro tipo de emisiones y que son programadas semanalmente por el grupo de Impactos Comunitarios de la entidad. La capacitación se ofrece en el primer piso de las instalaciones del edificio Fuente Versalles, donde funciona el Dagma.

Número de visitas a esta página: 3082
Fecha de publicación: 22/03/2012

¡Únete a nuestras redes sociales!

content

 

¡Inscríbete al boletín!

content
Recibe información de nuestras actividades, noticias y artículos de interés.
* indica que es obligatorio

Horario y líneas de atención al ciudadano

content

 

Calendario de eventos de la Alcaldía

Acerca de este Portal Nexura