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Ante el buen comportamiento demostrado por los caleños durante las actividades feriales y decembrinas y con la firme intención de reactivar las actividades comerciales en horas nocturnas el Alcalde de Santiago de Cali, Maurice Armitage, a través del Decreto No.411.0.20.0008 enero 5 de 2016, reglamentó el horario de funcionamiento a los establecimientos de comercio donde es expenda y consuman licor.
Según el mandatario de los caleños, los establecimientos de comercio abiertos al público podrán ejercer sus actividades los días lunes, martes, miércoles, jueves, viernes y sábado, desde las 10:00 de la mañana hasta las 12:00 de la noche. Los días domingos hasta las 11:00 de la noche y cuando la víspera sea lunes festivo, se prolongará hasta las 12:00 de la noche.
Dicha medida cobija a aquellos establecimientos donde se expendan bebidas alcohólicas para consumo dentro del mismo y que desarrollen actividades como billares, juegos de sapo, salas de masajes y galleras.
Los almacenes de cadena, hipermercados, minimarkets podrán funcionar las 24 horas, sujetos al siguiente horario:
Los ubicados en las comunas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 17, 19 y 22 al igual que los Corregimientos, donde haya consumo interno de licor y tabaco podrán ejercer sus actividades dentro del siguiente horario:
Lunes, martes y miércoles, de 10:00 a.m. a 1:00 de la mañana. Jueves, viernes y sábado, de 10:00 a.m. a 4:00 de la mañana. Domingos: 10:00 a.m. 11:00 p.m. Cuando el día sea víspera de festivo el horario se ampliará hasta las 4:00 de la mañana del día siguiente.
Ellos deberán contar con medidas de insonorización y cumplir con los niveles de ruido permitidos, prevenir impactos ambientales por aumento de temperatura, emanación de olores, propagación de material particulado, residuos sólidos y similares.
Para los Restaurantes – Bar que expendan bebidas alcohólicas alterno con comidas, los días lunes, martes y miércoles operarán de 10:00 a.m. a 1:00 de la mañana. Jueves, viernes y sábado, de 10:00 a.m. a 3:00 de la mañana y los domingos de 10:00 a.m. a 12:00 de la noche.
Para los establecimientos de comercio ubicados en las comunas 13, 14, 15, 16, 18, 20 y 21 donde se expendan bebidas alcohólicas para su consumo dentro del mismo, el horario será:
Lunes, martes y miércoles, de 10:00 a.m. a 1:00 de la mañana. Jueves, viernes y sábado, de 10:00 a.m. a 2:00 de la mañana. Domingos, de 10:00 a.m. a 11:00 de la noche. Cuando el lunes sea festivo, se ampliará el horario hasta la 1:00 de la mañana.
El Alcalde Maurice Armitage recalcó que estas medidas provisionales obedecen al buen comportamiento que mostraron caleños y turistas durante las actividades de feria, donde el civismo, la cultura y la hospitalidad marcaron la pauta, lo cual redunda en reactivación de la vida nocturna, generación de empleo, aumento del turismo en una ciudad alegre y acogedora.
Ellas serán mantenidas mientras se continúe con el buen comportamiento ciudadano y no se transgredan derechos de mayor relevancia, como la vida o el bien ajeno, se promuevan acciones de cultura ciudadana y se disfrute de una rumba sana en la capital de la alegría.