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Este 1 de junio, se inicia proceso para registrar a quienes están exentos del Pico y Placa

Este 1 de junio, se inicia proceso para registrar a quienes están exentos del Pico y Placa

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Así lo confirmó la Secretaría de Tránsito y Transporte que, mediante la Resolución 4152.0.21.0723 del 15 de mayo de 2013, estableció este proceso para personas u organizaciones que se encuentren dentro de las excepciones determinadas en el Decreto 411.0.20.0011 de enero de 2013, que reglamenta esta medida en Cali.

De esta manera, las autoridades establecieron dos períodos al año, de 15 días calendario cada uno, para que el representante legal, directivo o persona encargada de cada empresa o entidad públicas o privadas que se encuentren dentro de las excepciones, presenten la respectiva documentación con todo el conjunto de vehículos por entidad a inscribir en este proceso.

El primero de estos dos períodos se iniciará este sábado 1 de junio y se extenderá hasta el 15 del mismo mes, lapso durante el cual, se revisarán las solicitudes y documentos recibidos, se dará respuesta a cada uno de los que resultaron aptos después de programar los equipos electrónicos de fotodetección (cámaras fijas y móviles) para evitar que detecten a estos automotores, y para aquellos que no cumplan con los requisitos, se les dará respuesta inmediata para que corrijan si le hace falta algún documento y darles la oportunidad de entrar al registro de exentos.

El siguiente período para presentar esta documentación, será en las dos primeras semanas del mes de diciembre, previas a la rotación del Pico y Placa que se hace dos veces en el año, teniendo en cuenta que la dependencia de tránsito sólo recibirá paquetes por entidades, no recibirá solicitudes individuales, a menos que se trate de los congresistas vallecaucanos quienes podrán presentar dichos documentos de manera individual.

¿Quiénes están exentos?

– Vehículos pertenecientes o destinados a los Magistrados de los tribunales, las cortes, los fiscales y jueces de la república, representantes del Ministerio Público, Contraloría General de la Nación, Consejo Electoral, procuradores delegados, provinciales y regionales, diputados y congresistas del Valle.

– Vehículos de vigilancia y seguridad privada, así como de carga que transporten carne, pescado y alimentos perecederos.
– Vehículos de atención médica personalizada, de transporte escolar, empresarial y turístico (en este caso debe ser propiedad de la empresa o de su representante legal): Adhesivo no removible permanente de identificación de 15 cm de alto por 80 cm de ancho ubicados en ambos laterales derecho e izquierdo, anterior (baúl) y posterior (capó).

– Vehículos blindados, certificado de la empresa de seguridad que dispone de la escolta de la persona protegida, así como certificado de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad, en donde se verifique la existencia e inscripción de la empresa en la planilla Renova (vehículos de vigilancia y seguridad privada con identificación permanente).

¿Cuáles son los documentos que se deben enviar?

– Certificado laboral del conductor o conductores.

– Copia del carnet institucional en el que se acredite su cargo y entidad pública o privada en la cual labora.

– Licencia de conducción vigente.

– Licencia de tránsito o tarjeta de propiedad del vehículo a registrar con su Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) y certificado de revisión técnico mecánica.

– Certificado de Cámara y Comercio de la empresa (si es del caso).

– Los vehículos de atención médica personalizada, de transporte escolar, empresarial y turístico (en este caso debe ser propiedad de la empresa o de su representante legal) deben llevar adhesivos no removible permanentes de identificación de 15 cm de alto por 80 cm de ancho ubicados en ambos laterales derecho e izquierdo, anterior (baúl) y posterior (capó).

– Los vehículos blindados, presentar certificado de la empresa de seguridad que dispone de la escolta de la persona protegida, así como certificado de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad, en donde se verifique la existencia e inscripción de la empresa en la planilla Renova (vehículos de vigilancia y seguridad privada con identificación permanente).

– Los vehículos para discapacitados deben presentar certificado de discapacidad médica, así como el certificado de registro de discapacitados expedido por la Secretaría de Bienestar Social y Desarrollo Territorial Municipal.

– Los vehículos de carga que transporten carne, pescado y alimentos perecederos deben cumplir con la resolución 002505 del 2004 del Ministerio de Transporte, Acta de de Inspección de Vigilancia y Control Sanitario de la Secretaría de Salud Pública, carné de manipulación de alimentos de los operarios y certificación de la empresa autorizada para realizar dicha labor.

Consulte en la Resolución 4152.0.21.0723 del 15 de mayo de 2013, las excepciones al pico y placa y detalles sobre cómo registrarse en la lista de exentos.


/ Oficina de Comunicaciones de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Cali

 

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Fecha de publicación: 31/05/2013

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