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El secretario de Gobierno de la ciudad, Carlos José Holguín Molina, recuerda a la ciudadanía que el año pasado la Alcaldía expidió el decreto 4110200736 del 20 de septiembre, con prohibiciones y multas para sancionar a quienes ocasionen este tipo de conflagraciones.
En el decreto, se prohíben las quemas abiertas controladas en la zona rural, como producto de actividades agrícolas para la preparación de terrenos y minerías, así como fogatas o actividades similares en sitios que puedan causar incendios.
También serán objeto de sanción la tala de árboles, extracción de plantas y musgos en los nacimientos de las aguas, y el desperdicio del agua en el lavado de vehículos y fachadas con manguera, regar jardines y zonas verdes. También serán sancionados quienes laven vehículos en los ríos.
Las sanciones establecidas, según el decreto, comprenden multas entre 200 y 300 salarios mínimos vigentes diarios.