Régimen Contributivo
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¿Quiénes y cómo se pueden afiliar al régimen contributivo?
COMO COTIZANTES:
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Empleado: Toda persona con un contrato laboral debe hacer aportes a salud en régimen contributivo; puede escoger la EPS que prefiera y se lo comunica al empleador, junto con los datos de su grupo familiar.
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Trabajador independiente con capacidad de pago: Escoge la EPS-Contributiva de su elección, llena el formulario de afiliación, hace el pago correspondiente según su nivel de ingresos, recibe su carné y los de su familia, junto con la información de la ubicación de la IPS que los atenderá.
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Pensionados y Jubilados: Como viene de ser empleado o de estar cotizando para Pensión y Salud, su afiliación no se verá afectada, siempre y cuando no decida cambiar de EPS; si es el caso, deberá informar a su fondo de pensiones la novedad de cambio para que este haga su aporte a la EPS elegida.
COMO BENEFICIARIOS:
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Cónyuge
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Hijos hasta los 18 años
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Hijos hasta los 25 años si son estudiantes de tiempo completo.
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Hijos en situación de discapacidad
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Si es soltero (a) puede afiliar a sus padres si dependen económicamente de usted y NO son pensionados.
¿A qué tengo derecho con mi afiliación en el régimen contributivo?
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Un subsidio en dinero en caso de licencia de maternidad.
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Un subsidio en dinero en caso de incapacidad por enfermedad.
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Los beneficios del POS:
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Odontología General
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Atención de urgencias
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Exámenes de laboratorio
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Hospitalización
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Medicamentos esenciales
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Inmunizaciones
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Consulta externa
Tener en cuenta: Los hijos recién nacidos deben estar debidamente registrados y el o la cotizante debe hacer el reporte de la novedad a su EPS contributiva.
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Fecha de publicación: 21/12/2015
Última modificación: 21/12/2015