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Régimen Contributivo

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¿Quiénes y cómo se pueden afiliar al régimen contributivo?

COMO COTIZANTES:

  • Empleado: Toda persona con un contrato laboral debe hacer aportes a salud en régimen contributivo; puede escoger la EPS que prefiera y se lo comunica al empleador, junto con los datos de su grupo familiar.
  • Trabajador independiente con capacidad de pago: Escoge la EPS-Contributiva de su elección, llena el formulario de afiliación, hace el pago correspondiente según su nivel de ingresos, recibe su carné y los de su familia, junto con la información de la ubicación de la IPS que los atenderá.
  • Pensionados y Jubilados: Como viene de ser empleado o de estar cotizando para Pensión y Salud, su afiliación no se verá afectada, siempre y cuando no decida cambiar de EPS; si es el caso, deberá informar a su fondo de pensiones la novedad de cambio para que este haga su aporte a la EPS elegida.

COMO BENEFICIARIOS:

  • Cónyuge
  •  Hijos hasta los 18 años
  •  Hijos hasta los 25 años si son estudiantes de tiempo completo.
  •  Hijos en situación de discapacidad
    1. Si es soltero (a) puede afiliar a sus padres si dependen económicamente de usted y NO son pensionados.

¿A qué tengo derecho con mi afiliación en el régimen contributivo?

  1. Un subsidio en dinero en caso de licencia de maternidad.
  2. Un subsidio en dinero en caso de incapacidad por enfermedad.
  3. Los beneficios del POS:
  • Odontología General
  • Atención de urgencias
  • Exámenes de laboratorio
  • Hospitalización
  • Medicamentos esenciales
  • Inmunizaciones
  • Consulta externa

 

Tener en cuenta: Los hijos recién nacidos deben estar debidamente registrados y el o la cotizante debe hacer el reporte de la novedad a su EPS contributiva.

 

 

 

 

 

 

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Fecha de publicación: 21/12/2015
Última modificación: 21/12/2015
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Servicio de Atención a la Comunidad S.A.C.

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Teléfono: (572) 5195100

Dirección: Calle 4B # 36-00

Secretaría de Salud Pública Municipal de Cali.

 

 

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