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Veedurías

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La administración municipal del  médico Rodrigo Guerrero Velasco propugna por una relación clara y transparente con los ciudadanos para lograr  cada vez mayor participación de la gente en la gestión y destinos de la ciudad. Es un principio de este gobierno el actuar de cara al usuario o beneficiario de los servicios y  propiciar  espacios para la participación ciudadana y la promoción del control social sobre la gestión de lo público. Desde la Dirección de Control Interno, orientada por el abogado Carlos Salazar Sarmiento, se ejecuta el proyecto “Asistencia en la aplicación del Control Social, para una eficiente prestación del servicio a la comunidad en el municipio de Santiago de Cali” , con el fin de que los principios de esta administración municipal se pongan en práctica para bien de todos, a través del ejercicio de derechos y deberes consagrados en la Constitución Política de 1991 y en las leyes, para garantizar los fines esenciales del Estado.
 

1. Las veedurías ciudadanas.

Una de las formas e ejercer control social se hace a través de las Veedurías Ciudadanas que son el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública.

2. Normatividad veedurías ciudadanas.

Las Veedurías Ciudadanas están reglamentadas por la Ley 850 de 2003, sin embargo existen otras normas que s relacionan con el ejercicio veedor, tales como la Ley 134 de 1994, Por la cual se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana; la Ley 142 de 1994,  Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras y  la Ley 136 de 1994 Por el cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.

3. Objetivos de las veedurías ciudadanas.

La Ley 850 de 2003, en su artículo 6° hace referencia a los objetivos de las Veedurías Ciudadanas; igualmente en los artículos 15 y 16 trata el tema de las funciones, medios y recursos de acción de las Veedurías; los artículos 17 y 18 los dedica a los derechos y deberes de éstas, mientras que los artículos 19 y 20 tratan lo relacionado con a los requisitos, impedimentos y prohibiciones. A continuación se desarrollan estos importantes temas:

4. Mecanismos de apoyo a las veedurías ciudadanas.

Existe una Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas y el Consejo Nacional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, conformado por entidades  públicas  encargadas de brindar apoyo, de acuerdo con sus competencias. Esta Red ha sido creada según lo dispuesto en los artículos 22 y 23, de la Ley 850 de 2003.

5. Directorio de las entidades públicas que conforman la Red de apoyo a las Veedurías Ciudadanas.

6. Memorias del programa de capacitación en participación ciudadana y control social: En la garantía de derechos y en la contratación estatal.

7.Documento orientador de la Ley 850 de 2003.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Fecha de publicación: 27/04/2012

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