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Secretaría de Gobierno, Convivencia y Seguridad.
La Secretaría de Gobierno, Convivencia y Seguridad forma parte del sector colectivo del Municipio de Cali. (Acuerdo 01/96, Art. 316) y tiene como objetivo garantizar la convivencia pacífica y la seguridad ciudadana en el Municipio de Cali, mediante la formulación y ejecución de planes, programas, proyectos y acciones en relación con seguridad, orden público, protección del espacio público, protección al consumidor, resolución pacífica de conflictos, prevención y atención de desastres, la supervisión y control del desarrollo urbano ejercicio de las facultades y atribuciones de policía, prevención, educación y protección a la familia y apoyo a los organismos de seguridad y justicia.(Acuerdo 01/96, Art. 317, Acuerdo 70/00, Art. 2).
Responsabilildades.
Corresponde a esta Secretaría el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
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Proponer, coordinar y fomentar acciones encaminadas al mantenimiento del orden público en la ciudad y su zona rural.
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Proponer y ejecutar políticas de protección ciudadana.
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Diseñar y ejecutar programas de convivencia democrática y de prevención de hechos punibles.
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Rescatar y mantener la disciplina social aplicando las normas policivas que sean de su competencia en materia de seguridad de acuerdo con la Constitución y las normas vigentes.
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Velar por la protección del espacio público y hacer cumplir las disposiciones legales vigentes al respecto.
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Ejercer las competencias de carácter policivo a través de las Inspecciones de Policía Urbanas, Comisarías de Familia y Corregidores de conformidad con las normas legales vigentes.
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Coordinar, programar y ejecutar las políticas y campañas de la Administración Municipal referentes a ventas ambulantes y estacionarias, velar por el cumplimiento de las disposiciones vigentes y aplicar las sanciones respectivas cuando se violen tales normas.
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Recibir y tramitar las comisiones provenientes de juzgados y otros despachos públicos.
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Cumplir los trámites y acciones necesarios para velar por el cumplimiento de las normas de policía vigentes sobre protección al consumidor, control de calidad, precios, pesas y medidas.
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Efectuar el control policivo en los establecimientos públicos, así como en las rifas, juegos y espectáculos que se hagan en la ciudad. (Acuerdo 01/96, Art. 318)
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Formular la política y ejecutar los planes, programas y proyectos necesarios para la prevención y atención de desastres.
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Proponer los sistemas de comunicación integrados, necesarios para el desarrollo de la política de prevención y atención de desastres que se adopte.
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Elaborar y desarrollar los planes y programas que permitan el cuidado, el progreso y la defensa de la vida frente a los riesgos ocasionados por acción del hombre o de la naturaleza.
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Promover y difundir todas las actividades tendientes a crear y mantener una cultura de prevención de desastres, mediante el diseño de políticas educativas y de capacitación a la comunidad.
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Elaborar y mantener actualizado el mapa de riesgos del Municipio en concurrencia con el Departamento Administrativo de Planeación Municipal y las autoridades ambientales.
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Diseñar los planes y programas necesarios para llevar a cabo una eficiente labor de coordinación, interrelación e integración con las instituciones públicas y privadas existentes en el área y que sean afines con sus objetivos.
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Prestar el servicio de atención de desastres que permita responder adecuadamente a la emergencia o desastres que se presenten en el Municipio de Santiago de Cali y en donde eventualmente el Señor Alcalde lo disponga.
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Impulsar la formación de los Subcomités Locales para la atención de emergencias en todo el Municipio.
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Coordinar y garantizar la oportuna y eficiente participación administrativa y operacional de las instituciones nacionales, departamentales y municipales de carácter gubernamental y no gubernamental, que hacen parte de los planes de contingencia en la prevención y atención de desastres.
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Gestionar con las entidades internacionales, nacionales y regionales, de carácter público y privado, los recursos económicos y logísticos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. (Acuerdo 56/99, Art. 3; Acuerdo 70/00, Art. 2)
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Coordinar la elaboración de estudios y análisis de vulnerabilidad, amenazas y planes de contingencia.
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Diseñar campañas que permitan disminuir y prevenir los riesgos de calamidades y siniestros.
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Diseñar y ejecutar programas de capacitación no formal en la prevención y atención de desastres para la comunidad en general, los estudiantes y los funcionarios públicos.
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Elaborar y evaluar periódicamente el Plan de Acción Municipal para la Prevención y Atención de Desastres.
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Diseñar un sistema de información ciudadana y de alertas en el Municipio.
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Realizar estudios permanentes que determinen las áreas de amenaza en las cuales se presentan y puedan presentarse emergencias. (Acuerdo 56/99, Art. 6 y Acuerdo 70/00, Art.2)
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Determinar los insumos y elementos necesarios para la atención primaria de las situaciones de desastre y solicitarlos a los organismos competentes.
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Elaborar y mantener actualizado un censo de recursos humanos y técnicos disponibles en el municipio para la atención de emergencias.
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Diseñar un sistema de participación de las diferentes instituciones.
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Diseñar y operar un sistema de comunicaciones permanente y eficiente para la atención de Emergencias.
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Suministrar las informaciones a que haya lugar de conformidad con las disposiciones que regulen la materia. (Acuerdo 56/99, Art.7 y Acuerdo 70/00, Art. 2) (sic)
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Concertar los criterios jurídicos básicos a aplicar en la Secretaría.
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Velar porque toda decisión y acto de la Secretaría este dentro del marco Constitucional y legal.
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Orientar a las distintas dependencias de la Secretaría sobre la competencia, deberes, funciones, prohibiciones y procedimientos a los cuales deben adecuar sus actuaciones para asegurar el mejor cumplimiento de las normas y el objetivo general de la dependencia
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Elaborar y revisar todos los actos, contratos o documentos de carácter jurídico de la Secretaría. (Acuerdo 01/96, Art. 321)
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Prestar asesoría a los Subsecretarios en la elaboración de proyectos de inversión, que en materia de seguridad y convivencia ciudadana se requieran.
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Elaborar estudios de proyectos de inversión que garanticen mayor eficiencia en el ejercicio de las competencias de la Secretaría.
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Coordinar con las distintas dependencias de la Secretaría, las acciones a seguir en la actualización de registros y estadísticas para la elaboración de estudios de seguridad y convivencia ciudadana.
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Generar y revisar permanentemente índices de gestión de las actividades de la Secretaría.
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Mantener actualizado el inventario de bienes inmuebles a cargo de esta Secretaría, yrevisar de forma permanente el estado físico de dichos bienes, con el fin de que se coordine lo necesario para su construcción, mantenimiento y conservación.
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Administrar el Banco de Proyectos de la Secretaría.
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Evaluar, en coordinación con las distintas dependencias al interior de la Secretaría, los proyectos que se están ejecutando, con el fin fortalecerlos, modificarlos o suspenderlos, si los resultados no son los esperados. (Acuerdo 01/96, Art. 322)
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Ejercer el control interno y evaluar la gestión y resultados de los servidores públicos adscritos a la Secretaría.
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Administrar y coordinar las actividades y los recursos humanos y físicos de la Secretaría.
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Atender y resolver las quejas que presenten los ciudadanos en relación con la Secretaría.
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Coordinar las actividades relacionadas con la elaboración del proyecto de presupuesto de la Secretaría y con el control de su ejecución.
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Elaborar los actos y ejecutar las gestiones necesarias para el desarrollo de los procesos de contratación relacionados con las competencias de la Secretaría. (Acuerdo 01/96, Art. 323)
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Planear y gestionar la adquisición de los bienes y servicios que requiera la Secretaría.
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Organizar y controlar la vigilancia y mantenimiento de los bienes asignados a la Secretaría.
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Coordinar y controlar lo relacionado con archivo y distribución de documentación. (Acuerdo 01/96, Art. 324)
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Organizar y desarrollar las actividades relacionadas con el procesamiento, análisis, archivo y suministro de información que produzca o reciba la Secretaría.
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Elaborar los estudios para la adquisición de equipos y programas adecuados a las necesidades de la Secretaría.
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Diseñar las políticas y programas para el adecuado uso de los equipos y de los programas en las diferentes dependencias de la Secretaría y supervisar su cumplimiento. (Acuerdo 01/96, Art. 325)
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Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría de conformidad con la Constitución, la ley y los Acuerdos.
Estructura.
La Secretaría de Gobierno, Convivencia y Seguridad tendrá la siguiente organización:
Despacho del Secretario
Subsecretaría de Convivencia y Seguridad Ciudadana
Subsecretaría de Policía y Justicia. (Acuerdo 01/96, Art. 319; Acuerdo 70/00, Art.2, 7 y 18; Acuerdo 56/99, Art. 8)
Aclaración: con la creación de la Secretaría para la Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres (Acuerdo 387 de 2015), las actividades inherentes a esta temática que están contempladas en el Decreto 0203 de 2001 para la Secretaría de Gobierno, Convivencia y Seguridad, quedan derogadas, en especial las contenidas en los artículos 191, numerales 11 a 31, 196, 197 y 198.