
Mediante el acuerdo 357 de 2013 (articulo 9), se implementó el tope de 13 SMMLV al cobro de alumbrado público que se realiza a través de la factura de energía de los usuarios comerciales, industriales y oficiales en Santiago de Cali con consumo superior a 10.000 kWh-mes.
“El Municipio en una sensata decisión acompañada por el Concejo, restablece el tope al cobro del alumbrado público que estuvo vigente bajo el acuerdo 0102 de 2002 y había sido desmontado en el año 2011. Esta medida brinda mayor competitividad a la ciudad para el desarrollo de empresarial. Todas las empresas comercializadoras de energía deben aplicar esta medida al momento de facturar a sus clientes ubicados en Santiago de Cali”, comentó Cristina Arango Olaya, Directora de Hacienda.