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Tribunal Superior de Cali falló a favor del Secretario de Tránsito; investigarían a juez que ordenó arresto

Tribunal Superior de Cali falló a favor del Secretario de Tránsito; investigarían a juez que ordenó arresto

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El fallo de tutela del Tribunal Superior de Cali que favoreció al secretario de Tránsito de Cali, Alberto Hadad, al declarar la nulidad del incidente de desacato que el juez 25 Penal Municipal inició contra el funcionario municipal, dio traslado al Consejo Superior de la Judicatura del expediente para que investigue la conducta del funcionario judicial.

 

Como se recordará, la Alcaldía de Santiago de Cali instauró acción de tutela contra el Juez 25 Penal Municipal con funciones de control de garantías y el Juez 20 Penal del Circuito con funciones de conocimiento, por causar un perjuicio cierto e irremediable al Secretario de Tránsito Municipal, Alberto Hadad Lemos, la cual fue fallada a favor del Municipio en primera instancia por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, sala de decisión penal.

 

El perjuicio se presentó con ocasión de la expedición de los autos interlocutorios del 17 de Julio y el 5 de agosto de 2013 respectivamente, por imponer sanción pecuniaria y privación de la libertad al secretario de Tránsito y Transporte, Alberto Hadad Lemos, a pesar de que la Secretaría a su cargo había dado estricto cumplimiento a la sentencia de tutela emanada del Juzgado 25 Penal Municipal el 27 de marzo de 2013.

 

El Tribunal consideró que los jueces de primera y segunda instancia desconocieron las sentencias de la Corte Constitucional en materia de regulación de la prestación del servicio de transporte público colectivo municipal, toda vez que el precedente jurisprudencial le otorga total autonomía a las entidades territoriales.

 

El juzgado 25 Penal Municipal incurrió en vía de hecho, al considerar que la Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal no había cumplido con lo ordenado, procediendo a imponer sanción contra el Secretario de Tránsito con 3 días de arresto y multa de 3 smlmv.

 

Esta situación fue confirmada por el Juez 20 Penal del Circuito, quien emitió el auto 049 del 5 de agosto confirmando la decisión, sin valorar las pruebas y pese a que se le había informado y acreditado el cumplimiento oportuno e integral del fallo de tutela, incurriendo en violación y vía de hecho.

 

El 28 de noviembre de 2013, el Tribunal Superior de Cali suspendió la orden de arresto, emitida por el Juzgado 25 y el 2 de diciembre, este mismo juez revocó su propio acto donde sancionaba al Secretario de Tránsito, reconociendo que no había lugar a imponer la sanción, porque ya se encontraba superado el objeto de la tutela.

 

Esta situación causó extrañeza al Tribunal, porque no tiene sustento jurídico que el mismo funcionario revoque su propio acto, como equivocadamente lo hizo.

 

Concluyó entonces el  Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali que el Juez 25 Penal desconoció el procedimiento y no agotó el trámite del incidente de desacato, configurando una vía de hecho por defecto procedimental.

 

El Tribunal compulsó copias a la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura, para que investigue la posible conducta en que haya podido incurrir el Juez 25 Penal Municipal con funciones de control de garantías, declarando el Tribunal Superior de Cali la nulidad del incidente adelantado por este juez de la República.

 

Claudia.salas@cali.gov.co

 

 

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Fecha de publicación: 18/12/2013
Última modificación: 18/12/2013

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