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Atención empresarios de Santiago de Cali, usuarios de la plataforma virtual “Subsistema de Información sobre Uso de Recursos Naturales Renovables SIUR”

Atención empresarios de Santiago de Cali, usuarios de la plataforma virtual “Subsistema de Información sobre Uso de Recursos Naturales Renovables SIUR”

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El Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente DAGMA, en calidad de autoridad ambiental del área urbana de la ciudad de Santiago de Cali y de conformidad con lo establecido en el Decreto 1076 de 2015 “Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Ambiente y Desarrollo Sostenible” Titulo 6, Capítulo I, Sección 6, y la Resolución 1362 de 2007 “por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, a que hacen referencia los artículos 27 y 28 del Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005”; les recuerda a todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que en el desarrollo de sus actividades se encuentren generando una media móvil igual o superior a 10 Kg/mes, de las cantidades mensuales pesadas de los últimos seis meses de generación, de residuos o desechos con contenido de peligrosidad; deben actualizar a más tardar hasta el 31 de marzo del presente año, la información reportada en el aplicativo web del Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos.
 
Igualmente conforme a lo establecido en la Resolución 1023 de 2010 “Por lo cual se adopta el protocolo para el monitoreo y seguimiento del Subsistema de Información sobre Uso de Recursos Naturales Renovables - SIUR para el Sector Manufacturero y se dictan otras disposiciones”, que las industrias manufactureras cuyas actividades productivas se encuentren incluidas en la sección D – Industrias Manufactureras, divisiones de la 15 a la 37 de la Clasificación Industrial Uniforme CIIU revisión 4.0; que obliga a todas las empresas que se encuentren en el ámbito de la mencionada Resolución y que requieran de licencia ambiental, plan de manejo ambiental, concesiones y demás autorizaciones ambientales; deben realizar la actualización anual del Registro Único Ambiental – RUA – para el sector manufacturero, con plazo máximo del 31 de marzo del presente año.
 
Es importante recordar que los incumplimientos a la normatividad ambiental serán objeto de aplicación de las medidas preventivas y/o sancionatorias a que haya lugar, de conformidad a lo dispuesto en la Ley 1333 de 2009, o las normas que la sustituyan, modifiquen o adicionen.
 
Para cualquier inquietud o información adicional sobre el tema, usted puede comunicarse al número de teléfono 668 6639 o acercarse a las instalaciones del DAGMA, los días miércoles en el horario de 8:00 a.m. a 12: 00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
Av. 5 AN N° 20N-08 Piso 7, grupo Gestión Ambiental Empresarial.
 
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Fecha de publicación: 29/03/2016
Última modificación: 31/03/2016

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