
Emcali respetó el debido proceso para todos los participantes de la oferta para la contratación de una obra civil en la estación de bombeo Paso del Comercio, y que había utilizado los mecanismos a disposición de la Gerencia para garantizar la transparencia en la evaluación de candidatos y adjudicación final.
Esta fue la respuesta definitiva de la Contraloría Municipal (ver el documento completo anexo) al ratificar lo expuesto por Emcali, y luego de haber dado trámite al Requerimiento de Participación ciudadana No. 408-2014 V.U. 012085 de agosto 4 de 2014, relacionado con presuntas irregularidades en el proceso de contratación de la obra civil.
Así, la Contraloría General de Santiago de Cali emitió su respuesta definitiva en la cual ratificó los puntos expuestos previamente por Emcali y que aclararon lo sucedido con el proceso de evaluación, adjudicación y contratación de dicha obra.
Afirma la Contraloría:
• Emcali puso a disposición de la comisión auditora todos los documentos de soporte del proceso No. 300-GAA-SPOS-008-2014 para contratación de obra civil en la estación de bombeo Paso del Comercio.
• Haciendo referencia a la evaluación técnica de los participantes concluye: “no se descalificó la experiencia de los oferentes evaluados (…) solo se encontró (…) que no fue tenida en cuenta en su momento la certificación expedida por la Empresa de Acueducto de Bogotá” y que habilitaba al candidato al que finalmente se le adjudicó el contrato: Unión Temporal Hidráulicas 2014.
• En cuanto al manejo interno de los documentos de certificación de experiencia de Unión Temporal Hidráulicas 2014, concluye el documento: “desde el día 7 de julio de 2014, la Jefe de Departamento de Gestión Administrativa de la Gerencia de Unidad Estratégica de Negocio de Acueducto y Alcantarillado y el Gerente de la misma dependencia (…) tuvieron en su poder un oficio donde el interventor (…) corroboraba lo que contenía la nota de certificación expedida por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá”.
• En relación al cumplimiento del debido proceso se afirma que la publicación del acta del Comité de Evaluación y Calificación de Ofertas se hizo para dar oportunidad a que los oferentes presentaran sus observaciones en el plazo establecido, y que no constituía un acto de adjudicación.
• “Se abre el espacio para el ejercicio del debido proceso por parte de los opositores (…) Procedimentalmente Emcali atiende el debido proceso cuando publica el acta de evaluación en un lapso de 2 días”, afirma el organismo de control.
• Respecto a la creación de un “Comité Asesor para la Evaluación Técnica” se afirma que “mediante la Resolución No. 0003 de 1999 expedida por la Junta Directiva de Emcali, se faculta expresamente al Gerente para crear, suprimir o fusionar comités, grupos asesores, o comisiones permanentes o accidentales para realizar trabajos y estudios especiales y, fijarle sus funciones”
• Por último y en relación con el respeto a los términos del proceso se afirma que “los términos de referencia y las especificaciones técnicas (…) no fueron objeto de modificación por parte de Emcali”
Emcali ratifica su disposición para que los organismos de control del orden local y nacional acompañen la gestión de su actual administración y para que sean ellos, como en este caso, garantes de la empresa con la transparencia.
Coordinación, Comunicaciones Emcali