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Establecen nuevos horarios de cargue y descargue en plazas de mercado

Establecen nuevos horarios de cargue y descargue en plazas de mercado

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Mediante el decreto 411.0.20.0546, publicado el 6 de agosto de este año, la Administración Municipal determinó los horarios permitidos para el cargue y descargue en el área de influencia de las plazas de mercado en la ciudad. Se tuvo en cuenta que el espacio público es de uso común y que para el caso, el interés general prevalece sobre el particular.

Según la Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal, en cabeza de Alberto Hadad Lemos, se hace necesario establecer estas medidas de control, pues son un gran número de productos los que se comercializan en todas las plazas de mercado de la ciudad, transportados y abastecidos por todo tipo de vehículos tanto automotores, como de tracción animal y carretilleros. Estos a su vez están ocasionando problemas de espacio público, desaseo y movilidad en estos puntos de la ciudad.

El decreto ordena que adentro de la zona de influencia de las plazas de mercado, la cual es de 300 metros, se autorice la circulación y operación de cargue y descargue de productos perecederos, de lunes a domingo entre las 8:00 de la noche hasta las 5: 00 de la mañana del día siguiente, en vehículos de hasta 5 toneladas. Para el caso de vehículos inferiores a dos toneladas, esta operación la podrán realizar desde las 4:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche.

Establece además, que para el caso de los vehículos cuya carga supere las cinco toneladas deberán realizar el cargar y descargue en la Central de Abastos de Cavasa o en los lugares autorizados y dispuestos para estas operaciones, teniendo en cuenta que esta Central cumple con todas las condiciones para el abastecimiento en vehículos que sí permitan esta labor en las plazas de mercado, sin afectar la movilidad y seguridad en Cali.

De la misma manera, a partir de la fecha, se prohibieron este tipo de acciones de cargue y descargue en las vías por donde circule el sistema integrado de transporte masivo MÍO y tenga calzadas exclusivas en las zonas de influencia, para lo cual los transportadores deberán hacer esta operación en vías alternas.

Otra de las problemáticas que se presenta con frecuencia en estas zonas es el expendio de mercancías y productos desde todo tipo de vehículos. Esta actividad también es ilegal y será sancionada de ahora en adelante, según los códigos Nacional y Departamental de Policía, con el correspondiente decomiso de los mismos por las autoridades competentes.

Las entidades que realizarán el control a esta reglamentación son para el caso de todo lo relacionado con invasión del espacio público y usos del suelo, la Subdirección de Ordenamiento Urbanístico y la Secretaría de Gobierno. Por su parte, la Secretaría de Tránsito y Transporte realiza los controles, con el fin de mejorar el flujo vehicular en las áreas de influencia de las plazas de mercado.

Jimena Collazos Muñoz.
Oficina de Comunicaciones
Secretaría de tránsito y Transporte Municipal

 

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Fecha de publicación: 09/08/2012

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