
La Secretaría de Salud de Cali adelanta un proceso de sensibilización en la red pública de salud de la ciudad para que las personas con discapacidad puedan gestionar de forma ágil sus certificados de discapacidad.
Junto con las secretarías de Desarrollo Territorial y Bienestar Social, y de Tránsito y Transporte, se busca establecer una ruta expedita para la obtención de estos documentos y un plan de beneficios para sus portadores.
Según Yuby Mapallo Silva, profesional del eje programático de Promoción Social, encargada del componente de discapacidad, este certificado se constituye para este grupo poblacional en una segunda cédula, siendo un requisito indispensable para la obtención de ayudas técnicas, como sillas de ruedas, muletas, y bastones para población con limitación visual, los cuales se obtienen a través del Fondo Prosperar.
La funcionaria destacó que en el marco del decreto de Pico y Placa, se pretende que las personas con discapacidad que conducen vehículos no se vean vulneradas en su derecho a la movilidad. La definición acerca de las formas de identificación de los automotores, así como otros aspectos técnicos se acuerda, actualmente, en una mesa de trabajo que integra a personal de las secretarías de Salud, de Tránsito, y de Desarrollo Territorial y Bienestar Social con representantes de la población en situación de discapacidad de Cali.
Añadió que una de las opciones para identificar los vehículos conducidos por personas con discapacidad es el uso de placas especiales, lo cual evitaría que reciban fotomultas, tal como se usan en México.
La profesional explicó además, que el certificado de discapacidad se debe diligenciar en un formato que se genera desde el Ministerio de Salud en todas las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) de servicios de baja complejidad, en las Empresas Sociales del Estado (ESE) y en las Empresas Promotoras de Salud (EPS) de los regímenes subsidiado y contributivo.
Para su promoción, la Secretaría de Salud de Cali sensibiliza a los médicos que deben generar los certificados. Antes solo eran expedidos por la Junta de Calificación de Invalidez de Cali. Ahora, el certificado lo puede hacer un médico general que tenga registro médico, es decir, que sea un médico graduado.
El Decreto 4942 de 2009 establece la obligatoriedad de que las EPS del régimen contributivo de seguridad social en salud y la red pública de servicios de salud, expidan los certificados de discapacidad con base en el Manual Único para la Calificación de Invalidez.
Ernesto Piedrahita de la Oficina de Comunicaciones, Secretaría de Salud.