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La Oficina de Atención al Ciudadano, el espacio de la gente para hacer valer sus derechos

La Oficina de Atención al Ciudadano, el espacio de la gente para hacer valer sus derechos

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En aras que los caleños conozcan más instrumentos que fortalezcan su participación ciudadana en esta capital y participen en la creación de una cultura de buen gobierno para todos, la Oficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría General de la Alcaldía, los insta a que exijan sus derechos para que los trámites requeridos ante la municipalidad y las autoridades se adelanten con eficiencia, eficacia y transparencia.

Sandra Patricia Parra, coordinadora del programa de Ventanilla Única señaló que las autoridades en la atención al público tendrán como deber, dar trato respetuoso, considerado y diligente a todas las personas sin distinción y garantizar atención personal al público, como mínimo durante 40 horas a la semana, las cuales se distribuirán en horarios que satisfagan las necesidades del servicio.

Igualmente, deberán atender a todos los ciudadanos que ingresen a sus oficinas dentro del horario normal de atención; lo mismo que a establecer un sistema de turnos acorde con las necesidades del servicio y las nuevas tecnologías, para la ordenada atención de peticiones, quejas, denuncias o reclamos.

La coordinadora Parra indicó que es obligatorio expedir, hacer visible y actualizar anualmente una carta de trato digno al usuario donde la respectiva autoridad especifique todos los derechos de los usuarios y los medios puestos a su disposición para garantizarlos efectivamente y tramitar las peticiones que lleguen vía fax o por medios electrónicos.

Precisó que es deber de las autoridades, atribuir a dependencias especializadas la función de atender quejas y reclamos, y dar orientación al público, adoptar medios tecnológicos para el trámite y resolución de peticiones y permitir el uso de medios alternativos para quienes no dispongan de aquellos.

También deberán habilitar espacios idóneos para la consulta de expedientes y documentos, así como para la atención cómoda y ordenada del público; así como los que precise el Constitución Política colombiana, la Ley y otros reglamentos.

Prohibiciones a los funcionarios

En cuanto a las prohibiciones la responsable de la oficina de Atención al Ciudadano de la Alcaldía se establece que no pueden negarse a recibir las peticiones o a expedir constancias sobre las mismas. Tampoco les es permitido negarse a recibir los escritos, las declaraciones o las liquidaciones privadas necesarias para cumplir con una obligación legal, lo cual no impide prevenir al peticionario sobre eventuales deficiencias de su actuación o del escrito que presenta.

Otra prohibición de los funcionarios hace referencia a exigir la presentación personal de peticiones, recursos o documentos cuando la ley no lo establezca; igual sucede con las constancias, certificaciones o documentos que reposen en la respectiva entidad y los documentos no previstos por las normas legales aplicables a los procedimientos de que trate la gestión o crear requisitos o formalidades adicionales de conformidad con el artículo 84 de la Constitución Política.

A esto se suma reproducir actos suspendidos o anulados por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo cuando no hayan desaparecido los fundamentos legales de la anulación o suspensión y asignar la orientación y atención del ciudadano a personal no capacitado para ello, lo mismo que negarse a recibir los escritos de interposición y sustentación de recursos y a no dar traslado de los documentos recibidos a quien deba decidir, dentro del término legal.

La coordinadora de la Ventanilla Única de Atención al Ciudadano recordó que tampoco les es permitido demorar en forma injustificada la producción del acto, su comunicación o notificación ni ejecutar un acto que no se encuentre en firme o dilatar o entrabar el cumplimiento de las decisiones en firme o de las providencias judiciales.

Otras prohibiciones

La funcionaria dijo que les está prohibido no hacer lo que legalmente corresponda para que se incluyan dentro de los presupuestos públicos apropiaciones suficientes para el cumplimiento de las sentencias que condenen a la administración. También se prohíbe no practicar oportunamente las pruebas decretadas o denegar sin justa causa las solicitadas, además de dilatar o de crear obstáculos en la notificación de los actos y providencias que requieran esa formalidad. A su vez, ningún funcionario puede intimidar de alguna manera a quienes quieran acudir ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo para el control de sus actos.

“La agilidad, y el ahorro de tiempo para el ciudadano son los objetivos primordiales de la implementación de este programa, pues aquí se concentra la recepción de comunicaciones, peticiones, solicitudes, quejas, reclamos y cumplidos de los ciudadanos para la administración municipal, de ahí que la Alcaldía ofrezca las mismas posibilidades de forma virtual, donde se puede acceder a través de la página web
www.cali.gov.co, oprimiendo la casilla Oficina de Atención al ciudadano.

Una vez se diligencien las casillas correspondientes, con la posibilidad de adjuntar documentos, a través del aplicativo llamado Orfeo, el usuario recibe un número de radicación para posteriores consultas y respuestas. Se puede emplear este canal durante las 24 horas del día y los siete días de la semana. Así y de manera permanente se actualiza y se habilita para el uso por parte de la población que se conecta a la página oficial”, concluyó Sandra Patricia Parra, coordinadora de la Ventanilla Única de Atención al Ciudadano.

Gustavo Sánchez gustavo.sanchez@cali.gov.co

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Fecha de publicación: 29/04/2013

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