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Con la Ventanilla Única de Atención al Ciudadano, la comunidad hace valer sus derechos

Con la Ventanilla Única de Atención al Ciudadano, la comunidad hace valer sus derechos

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A través de la Ventanilla Única de Atención al Ciudadano, la población puede presentar peticiones verbales, por escrito o por cualquier otro medio idóneo y sin necesidad de un tercero. En esta oficina, también se puede obtener información y orientación acerca de requisitos por parte de la Administración, los cuales, podrán ser gestionados por cualquier medio tecnológico o electrónico disponible en la entidad, incluso, por fuera de las horas de atención al público.

También se puede conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite y obtener copias de los respectivos documentos. Así mismo, está disponible la información que repose en registros y archivos públicos, según los términos previstos por la Constitución y por las leyes.

La coordinadora de la Ventanilla Única de Atención al Ciudadano, Sandra Patricia Parra, dijo que la población tiene el derecho a obtener respuesta oportuna y eficaz a sus peticiones en los plazos establecidos y ser tratado con el respeto y la consideración correspondiente.

Anotó que esta oficina también brinda atención especial y preferente a los usuarios, sobre todo, si se trata de personas en situación de discapacidad, menores de edad, mujeres gestantes o adultos mayores, y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta de acuerdo con el artículo 13 de la Constitución Política.

“Otro de los aspectos que le competen al ciudadano establece que puede exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los servidores públicos y de los particulares que cumplan funciones administrativas, así como a formular alegaciones y aportar documentos u otros elementos de prueba en cualquier actuación administrativa”, precisó la funcionaria.

Añadió que los ciudadanos deben acatar la Constitución y las leyes, y obrar conforme con el principio de buena fe, absteniéndose de emplear maniobras dilatorias en las actuaciones. Recalcó que no se pueden presentar declaraciones o documentos falsos, entre otras conductas irregulares.

/ Gustavo Sánchez gustavo.sanchez@cali.gov.co

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Fecha de publicación: 27/04/2013

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