
Los contribuyentes que están excluidos de presentar la declaración privada del impuesto de industria y comercio, cuya última fecha de vencimiento es este martes 30 de abril, deberán inscribirse en el régimen simplificado del impuesto que estableció el 28 de junio de este año, como plazo máximo para hacerlo.
La subdirectora de Impuestos y Rentas Municipales, Paula Andrea Loaiza Giraldo, explicó que el Acuerdo 321 de 2011, por medio del cual, se estructura el Estatuto Tributario Municipal, determina en su artículo 92 "que para acceder a este tratamiento de excepción, se debe cumplir con los requisitos de ser persona natural, ejercer la actividad gravable solo en un sitio o establecimiento y tener ingresos brutos inferiores a 500 UVT o unidades de valor tributario que para el 2012 fue de 26.049) en el año inmediatamente anterior, es decir, menos de 13 millones de pesos de ingresos brutos en el 2012.
"Si se cumple con la totalidad de los requisitos la Subdirección ha establecido que pertenecen al régimen simplificado del impuesto, no liquidan, ni pagan el ICA pero deben registrarse ante el Municipio", recalcó.
El formulario de inscripción se encuentra en la página web de la alcaldía www.cali.gov.co, en el link impuestos en línea, el cual puede ser descargado y diligenciado con la información correspondiente. Una vez realizado este trámite debe anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía, del registro único tributario RUT y un certificado de existencia expedido por la Cámara de Comercio, con vigencia no superior a 30 días.
Esta documentación y el formulario de inscripción, que se tramite de manera personal o a través de apoderado, deben ser radicados en la Oficina de Atención al Ciudadano, ubicada en el Centro Administrativo Municipal (CAM), torre Alcaldía, en horario de atención al público para el posterior trámite ante la subdirección de rentas.
La subdirectora Loaiza aclara que si los contribuyentes incumplen alguno de los requisitos establecidos, serán trasladados al régimen ordinario a partir de la vigencia fiscal inmediatamente siguiente, obligados a declarar y autoliquidar el impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros.
/ Anna María Castro Casas