
En su papel de multiplicadores de la Administración Municipal en cada una de las comunas, los profesionales especializados de los centros de Atención Local Integrada (CALI) pueden orientar a las personas naturales y jurídicas de su sector, en lo referente con la información del impuesto de industria y comercio, y su complementario de avisos y tableros (ICA). Este tributo debe pagarse en los últimos días de abril.
El Departamento Administrativo de Hacienda Municipal capacitó a estos profesionales, sobre todo, en autodeclaraciones electrónicas, que pueden ejecutarse a través de la página web de la alcaldía www.cali.gov.co.
Igualmente y dado que los profesionales de los CALI son personas que asumen procesos de liderazgo en las comunas, aclararon las dudas más frecuentes de comerciantes, recibiendo una retroalimentación que permitirá transmitirla y lograr, con su orientación, que los interesados estén en la capacidad de autoliquidar de manera efectiva su impuesto, o saber qué deben hacer.
La Administración señala que dependiendo del último dígito del NIT se debe pagar el impuesto del ICA, del 24 al 30 de abril.
Una de las inquietudes más recurrentes entre los comerciantes de barrio, con tiendas o pequeños negocios, es si están obligados a declarar dicho impuesto. "Toda persona natural, jurídica y sociedad de hecho que realice una actividad industrial comercial y de servicio dentro de Santiago de Cali, se considera sujeto pasivo del impuesto de industria y comercio, y debe cumplir con lo dispuesto en las normas de este tributo", respondieron los contadores Carlos Varela y Rafael Ruiz, que tuvieron a cargo la capacitación.
/ Anna María Castro Casas