Imprimir la información de la página

“22 fallos de tutela a favor del Municipio ratifican la gestión de la Alcaldía para implementar el MÍO”

“22 fallos de tutela a favor del Municipio ratifican la gestión de la Alcaldía para implementar el MÍO”

Comparte esta publicación

Son 22 las tutelas falladas por jueces de la República que exoneran a la actual Administración Municipal de la presunta vulneración de los derechos fundamentales de los transportadores. Así lo informó el director jurídico de la ciudad, el abogado Javier Mauricio Pachón Arenales.

Explicó que las tutelas han sido instauradas por este gremio invocando la protección de sus derechos fundamentales, cuyas sentencias han desvirtuado cualquier vulneración de esos derechos alegados por los demandantes.

Recordemos que en el 2006 todas las empresas de transporte público colectivo de la ciudad firmaron un compromiso con Metrocali S.A. para la reducción de su capacidad transportadora, como condición para acceder a la operación del transporte masivo. El compromiso es irrevocable e incondicional.

De acuerdo con este despacho, el censo de vehículos realizado por la Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal en el 2004 y que fue adoptado mediante la resolución 685 de 2004, arrojó el número de vehículos de transporte público colectivo afiliados a las empresas correspondientes que se encontraban operando.

El abogado Pachón Arenales sostuvo que la Alcaldía ha agotado un debido procedimiento administrativo rodeado de la garantía de defensa de los afectados. Dijo que las decisiones adoptadas referentes al servicio de transporte público se encuentran ajustadas a las garantías procesales. “Los fallos a favor nos confirman que la Administración caleña ha procedido ajustada al marco constitucional y legal”, señaló el funcionario.

“Las decisiones judiciales se convierten en un espaldarazo a la implementación del transporte masivo MÍO (Masivo Integrado de Occidente) en la ciudad, toda vez que examinadas las sentencias se encuentra que la acción de tutela no puede suplantar la jurisdicción ordinaria. El perjuicio irremediable que alegaban las empresas de transporte no es de orden constitucional, sino patrimonial”, agregó.

Reiteró que las tutelas resultaron improcedentes, porque los accionantes contaban con otros medios de defensa, como acudir ante la justicia administrativa en acción de reparación directa o en acción de nulidad. De acuerdo con el jurídico del Municipio, estos fallos favorables a Metrocali y a la Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal, confirman que la municipalidad se ajusta al marco legal, con el fin de garantizar un medio de transporte amigable con el medio ambiente y adecuado a las necesidades de la ciudad.

Claudia.salas@cali.gov.co

Número de visitas a esta página: 2456
Fecha de publicación: 11/10/2012

Imprimir   -   Cerrar ventana