
La Alcaldía recuerda las conductas que serán sancionadas por el Comparendo Ambiental.
La primera sanción tiene relación con personas naturales que presenten “para la recolección, los residuos sólidos en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio”. La sanción será leve y es de 0,5 salarios mínimos mensuales legales vigentes, si se trata de personas naturales (283.000 pesos). En caso de personas jurídicas, la sanción por esta conducta será moderada de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir, 5’660.000 pesos.
Más información: ¿Cuáles son las conductas que sanciona el Comparendo Ambiental?