
Las personas deben acudir a los puntos de atención, de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 a 5:00 p.m., de lunes a viernes. Allí deben presentar el registro civil o tarjeta de identidad del estudiante, el certificado de estudios y/o notas del último período aprobado, copia del recibo de servicios públicos, y solo cuando sea pertinente, además de copias del Sisbén y de la carta que demuestre situación de desplazamiento y/o certificación médica para la situación de discapacidad.
Los sitios de inscripción serán las sedes principales de las instituciones educativas oficiales de Santiago de Cali, salvo en algunas comunas donde por características especiales, como el déficit de cupos escolares o el alto volumen de solicitudes, se requiere un manejo centralizado para garantizar la asignación correcta, oportuna y efectiva de los cupos.
La Secretaría de Educación aclara que ningún establecimiento contratado dentro del programa de ampliación de cobertura o de educación contratada podrá recibir inscripciones de estudiantes nuevos o traslados. Esta decisión se tomó teniendo en cuenta que este despacho hará la asignación de los subsidios y otorgará los cupos, según la disponibilidad, de acuerdo con el marco jurídico que reglamenta esta contratación. Luego los colegios serán notificados formalmente, mediante el anexo 1, sobre los estudiantes que les sean asignados, tras agotar los cupos en los instituciones (decreto 2355 de 2009).
El Municipio ofrece 25 mil cupos escolares para los grados de transición y primaria, así como para estudiantes que provienen de otros municipios o aquellos jóvenes que están por fuera y que han desertado del sistema educativo oficial. La Secretaría de Educación también está interesada en cubrir las necesidades educativas especiales y de los beneficiarios de la Ley 1081 de 2006.
/Zuly Anacona Peña zuly.anacona@cali.gov.co