
El Juzgado Sexto Administrativo en Descongestión del Circuito de Cali notificó a la Dirección Jurídica de la Alcaldía, sobre la sentencia No. 083 de marzo 27 de 2012 expedida en primera instancia, la cual afianza cada vez más la legitimidad de este proyecto de ciudad.
Se trata de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho con radicación 2010-00387, en la cual una ciudadana argumentaba la nulidad de las resoluciones que aprueban la distribución individual de la contribución de valorización. Solicitaba, igualmente, la demandante que se le exonerara del pago por el predio de su propiedad.
El apoderado judicial del Municipio contestó la demanda, oponiéndose a las pretensiones y demostró que los sujetos pasivos de la contribución son todos los propietarios de los predios, dado que son obras de interés público ordenadas en el Acuerdo 0241 de 2009, para el área urbana y rural.
El Juzgado Sexto Administrativo de Descongestión negó las pretensiones a la demandante y concluyó que no fue desvirtuada la presunción de legalidad de los actos administrativos demandados, como tampoco se pudo verificar que los mismos estuvieran viciados de irregularidades, en lo que se refiere a la distribución y cobro de la contribución de valorización.
El director Jurídico de Cali, Javier Mauricio Pachón Arenales, explicó que en los estrados judiciales se comprueba una vez más la legalidad del proyecto. Ahora, la tarea es no dejarse confundir por quienes lo atacan, señalando que la Administración embargaría los inmuebles de los caleños más humildes, porque esto no es cierto.
“Necesitamos derrotar la cultura del no pago que por años se ha vivido en la ciudad, donde no se realizaban obras por valorización desde 1995. Lo que sí es cierto es que Cali necesita un adecuado equipamiento en obras, acorde con el crecimiento demográfico de los últimos 15 años”, concluyó el abogado Pachón Arenales.
Claudia.salas@cali.gov.co