Imprimir la información de la página

Aseguramiento y desarrollo de servicios

Comparte esta publicación

INTRODUCCIÓN  

La Seguridad Social en Salud reúne los principios, las normas, los procedimientos y los recursos necesarios para que la comunidad pueda participar y disfrutar de los beneficios que promueve el estado.

De manera fundamental, la Seguridad Social en Salud aborda los procesos de Aseguramiento en Salud. Por una parte genera las acciones para que la comunidad participe del SGSSS y por otro lado normatiza y vigila a las empresas Entidades Promotoras de Salud (EPS) o Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) que cuentan con las competencias para afiliar a la población. 

Según la ley 1122 de 2007 se define Aseguramiento en salud, la administración del riesgo financiero, la gestión del riesgo en salud, la articulación de los servicios que garantice el acceso efectivo, la garantía de la calidad en la prestación de los servicios de salud y la representación del afiliado ante el prestador y los demás actores sin perjuicio de la autonomía del usuario.

Sin Embargo, y en cumplimiento de la resolución 425 de 2008, se hace necesario replantear la organización funcional de la Secretaría de Salud Pública Municipal, con el objeto de desarrollar el Plan de Salud territorial, de conformidad con los ejes programáticos establecidos.

 

ANTECEDENTES

Resolución No 41.45.21.0477 2008

(29 de septiembre)

“Por medio de la cual se suprime el grupo funcional desarrollo de servicios creado, transitoriamente, mediante resolución número 00369 del 29 de agosto de 2002 y se transfieren las responsabilidades del mismo e igualmente se trasladan los servidores públicos al grupo de seguridad social”

Que el Secretario de Salud Pública Municipal de Santiago de Cali, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto Municipal 411.20.001 de enero 1 de 2008.

CONSIDERANDO

Que en cumplimiento de la resolución número 425 de 2008, se hace necesario replantear la organización funcional de la Secretaría de Salud Pública Municipal, con el objeto de desarrollar el Plan de Salud territorial, de conformidad con los seis ejes programáticos establecidos.

Que corresponde al Secretario de Salud Pública de Cali, administrar el recurso humano y definir la organización interna de la dependencia, así como crear o suprimir los grupos internos de trabajo con el fin de optimizar la gestión de los recursos humanos.

Que el Secretario de Salud Pública Municipal, encuentra conveniente ajustar la estructura funcional de la Secretaría en el sentido de direccionar las acciones incluidas en cuatro de los ejes programáticos que integran el Plan de Salud territorial, el Aseguramiento, Prestación y Desarrollo de servicios de Salud y de Emergencias y Desastres, a través del grupo de Seguridad Social.

Que se transfieren las responsabilidades contenidas en la resolución número 00369 del 29 de agosto de 2002.

Que se trasladarán los servidores públicos que conformaban el grupo funcional de Desarrollo de Servicios, al grupo de Seguridad Social, desempeñando las funciones inherentes a sus cargos y las que se les asigne.

El Secretario de Salud Pública, encontró conveniente ajustar la estructura funcional de la Secretaría en el sentido de direccionar las acciones incluidas en cuatro de los ejes programáticos que integran el Plan de Salud Territorial, el Aseguramiento, Prestación y Desarrollo de Servicios de Salud y de Emergencias y Desastres, a través del Grupo de Seguridad Social.

Que se transfieren las responsabilidades contenidas en la Resolución número 00369 del 29 de agosto de 2002, de acuerdo a la normatividad legal vigente, al grupo de Seguridad Social a partir de la de la fecha de expedición del presente acto administrativo.

Por lo anterior, se hace necesario suprimir el Grupo Funcional de Desarrollo de Servicios de Salud, creado de manera transitoria mediante Resolución número 00369 del 29 de agosto de 2002.

 

RESPONSABILIDADES

  1. Contribuir a la articulación de la Red de Servicios en el Municipio.
  2. Participar en diseño, ejecución y evaluación del Plan Bienal de inversiones.
  3. Coordinar el sistema de referencia, contrarreferencias, de pacientes en la Red de Servicios del Municipio.
  4. Contribuir en el desarrollo del Sistema de Urgencias, Emergencias y Desastres del Municipio.
  5. Prestar asistencia técnica y apoyo para el fortalecimiento y modernización de la gestión en las IPS-s Públicas adscritas a la Secretaría de Salud Pública Municipal.
  6. Contribuir en la vigilancia del flujo de recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud en la red de IPS-s públicas del Municipio.
  7. Orientar el desarrollo de los servicios de información y atención al usuario (SIAU) en las IPS-s del Municipio.
  8. Vigilar y controlar el cumplimiento de las normas nacionales, departamentales y locales sobre el desarrollo de servicios de salud.

 

COMPROMISOS

  1. mejoramiento de la accesibilidad a los servicios de salud;
  2. mejoramiento de la calidad en la atención en salud;
  3. mejoramiento de la eficiencia en la prestación de Servicios de Salud y sostenibilidad financiera de IPS-s públicas. 

 

ESTRUCTURA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Número de visitas a esta página: 29763
Fecha de publicación: 11/05/2004
Última modificación: 12/09/2016

Imprimir   -   Cerrar ventana