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Acerca de los Consejos de Planeación de Comunas y Corregimientos

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ES TIEMPO DE PENSAR SOLUCIONES, ES MOMENTO DE TRAZAR CAMINOS

Participa en el Consejo de Planeación de tu Comuna o Corregimiento!

 

¿QUÉ ES EL CONSEJO DE PLANEACIÓN DE COMUNAS Y CORREGIMIENTOS?

Los Consejos de Planeación de Comunas y Corregimientos  son una instancia de participación en el proceso de  formulación del Plan de Desarrollo de Comunas y Corregimientos que se surte cada cuatro años  en  Santiago de Cali.

¿QUIÉNES LO INTEGRAN?

Hacen parte de los Consejos de Planeación de Comunas y Corregimientos,  representantes de organizaciones jurídicamente reconocidas  de los siguientes sectores:

AREA URBANA

AREA RURAL

¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE LOS CONSEJOS DE PLANEACIÓN DE LAS COMUNAS Y CORREGIMIENTOS?

¿CUÁL ES SU PERIODO DE ACCIÓN?

Los consejos de Planeación de Comunas y Corregimientos no pueden emitir concepto en más de dos Planes de Desarrollo territorial, (Decreto 0563 de noviembre 15 de 2002), por lo que su periodo máximo de acción es de hasta ocho años.

¿QUIÉN Y CÓMO SE ELIGEN?

Los integrantes de los Consejos de Planeación de la Comuna o el Corregimiento son seleccionados  el por el Consejo Municipal de Planeación de Santiago de Cali y designados por el Alcalde.

Cada una de las organizaciones jurídicamente reconocidas, cuyo objeto sea inherente a los sectores convocados, postulará sus ternas, a partir de las cuales se eligen los nueve (9) representantes de los Consejos de Planeación para cada  comuna y siete (7) representantes para conformar esta instancia en cada corregimiento.  

Las organizaciones que presenten ternas para hacer parte del Consejo de Planeación de la Comuna o el Corregimiento, deberán demostrar su vinculación real con la comuna o corregimiento y anexar la siguiente documentación:

 

Los candidatos propuestos en la terna deberán presentar:

Hoja de vida y  Carta de aceptación de la postulación.

Los Documentos deben entregarse mediante oficio radicado en la ventanilla Única de la Oficina Atención al Ciudadano del Centro Administrativo Municipal CAM – Torre Alcaldía, ubicada frente a la Bahía Vehicular del CAM, contigua a la oficina de Participación Ciudadana, a nombre del Departamento Administrativo de Planeación Municipal, quien se encarga de verificar el cumplimiento de los requisitos y la documentación presentada.

La recepción de documentos cierra el viernes  3 de octubre de 2014.

Una vez se surta el proceso de selección y designación, el Departamento Administrativo de Planeación, notificará a los representantes que conformarán esta instancia de participación de la sociedad civil organizada de cada comuna y corregimiento del Municipio de Santiago de Cali.

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Fecha de publicación: 09/07/2014
Última modificación: 09/07/2014

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