ARTICULO 219 Decreto Extraordinario 0203 de 2001.
1. Administrar el Banco de Proyectos de la Secretaría. (Ac.01/96, Art.407)
2. Elaborar los estudios socioeconómicos y de factorización para la decretación, definición de la zona de influencia y distribución de la contribución de valorización.
3. Elaborar los proyectos de actos administrativos de distribución de las contribuciones de valorización.
4. Obtener directamente o mediante la colaboración de otras entidades la información actualizada sobre propiedad, tenencia, linderos, áreas y demás características de los predios que conforman la zona de influencia de las obras programadas.
5. Realizar estudios de prospección para la identificación de proyectos de infraestructura y optimización vial para el Municipio. (Ac.01/96, art.407)
6. Realizar estudios para la identificación de proyectos de mantenimiento vial y construcción de vías rurales en el Municipio. (Ac.01/96, art.438, Num. 3)
7. Diseñar el plan financiero de la Secretaría, teniendo en cuenta las proyecciones de ingresos y las necesidades financieras de la misma.
8. Diseñar las políticas para el recaudo, control y utilización de los recursos financieros y manejo de la cartera de la Secretaría.
9. Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de las actividades relacionadas con el recaudo, control y utilización de los recursos financieros de la Secretaría y con el presupuesto, contabilidad y tesorería, llevar los registros y presentar los informes correspondientes.
10. Preparar y presentar informes sobre la situación financiera de la Secretaría con los análisis de costos correspondientes.
11. Consolidar y presentar el balance general y estados financieros de la Secretaría.
12. Atender el pago oportuno de las obligaciones a cargo de la Secretaría.
13. Preparar el proyecto de Programa Anual mensualizado de Caja (PAC) de la Secretaría.
14. Mantener los inventarios valorizados de todos los bienes asignados a la Secretaría.
15. Recaudar, custodiar y manejar los recursos y títulos relacionados con las competencias de la Secretaría.
16. Controlar la exactitud de las facturaciones y demás operaciones realizadas y definir los correctivos necesarios. (Ac.01/96, art.409)
17. Proponer los programas y estrategias para el recaudo de las contribuciones de valorización.
18. Realizar las gestiones de cobro persuasivo de las contribuciones de valorización.
19. Ejercer la jurisdicción coactiva para el cobro de las contribuciones por valorización no canceladas oportunamente. (Ac.01/96, art.410)
20. Diseñar y ejecutar las políticas y estrategias para la adquisición de los predios y bienes necesarios para el desarrollo de los proyectos a cargo de la Secretaría.
21. Diseñar y ejecutar las políticas y estrategias para el manejo de los aspectos sociales relacionados con reubicaciones de viviendas o establecimientos industriales y comerciales, sin perjuicio de las facultades de expropiación del Municipio en los casos en que ella sea necesaria.
22. Preparar todos los actos y contratos necesarios para la adquisición de predios, incluyendo las gestiones de expropiación para la decretación por el Alcalde, en los casos en que ella sea necesaria.
23. Asistir y asesorar al Alcalde, al Secretario y a los Subsecretarios, en la venta, permuta y cualquier tipo de negociación de predios de la Administración Municipal (Ac. 01/96, Art. 411, )
24. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.