Imprimir la información de la página

Secretaría General

Secretaría General

Comparte esta publicación

La Secretaría General tiene como misión coordinar y ejecutar las acciones de carácter administrativo y las relaciones con las diferentes dependencias de la Administración Municipal y la comunidad en general, que contribuyan a la calidad y oportunidad en la toma de decisiones por parte del Alcalde y en la ejecución de las mismas. (Acuerdo 01/96, Art.38).

Responsabilidades. Corresponde a la Secretaría General el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1. Desarrollar labores de coordinación de las dependencias adscritas al Despacho del Alcalde y de la Administración Pública, para facilitar la labor del Alcalde.

2. Apoyar a la Secretaría de Desarrollo Territorial y Bienestar Social en la coordinación de los Centros de Administración Local Integrada (CALI).

3. Coordinar la comunicación y manejo de información entre el Alcalde y los servidores públicos dependientes de la Administración Municipal; y entre el Alcalde y la comunidad en general, los sectores sociales, empresariales, y organizaciones no gubernamentales, a fin de garantizar una permanente, suficiente y clara información de las actuaciones de la Administración Municipal, en sus ámbitos central y descentralizada, conforme a la ley.

4. Ejercer el control interno y evaluación de gestión y resultados de los servidores públicos y Dependencias adscritas al Despacho del Alcalde.

5. Administrar y coordinar las actividades y los recursos humanos y físicos del Despacho del Alcalde.

6. Conocer y decidir, de conformidad con el Código Disciplinario Único, los procesos disciplinarios inherentes a faltas leves, que se deban adelantar con relación a los servidores públicos del Despacho del Alcalde. (Acuerdo 01/96, Art.39).

7. Organizar y controlar el Archivo General de la Alcaldía.

8. Diseñar y ejecutar los programas de atención al usuario del despacho del Alcalde.

9. Organizar y controlar los sistemas de información del despacho del Alcalde. (Acuerdo 01/96, Art.41).

10. Atender y resolver las quejas que presenten los ciudadanos en relación con el Despacho del Alcalde.

11. Coordinar las actividades relacionadas con la elaboración del proyecto de presupuesto del Despacho del Alcalde y con el control de su ejecución.

12. Elaborar o revisar actos y demás documentos que deban someterse a la firma o aprobación del Alcalde.

13. Coordinar las actividades inherentes a la presentación de Proyectos de Acuerdo por parte del Alcalde.

14. Elaborar los actos y ejecutar las gestiones necesarias para el desarrollo de los procesos de contratación relacionados con las competencias del Despacho del Alcalde. (Acuerdo 01/96, Art.39).

15. Mantener informada a la ciudadanía sobre los actos y decisiones de la Administración Municipal.

16. Establecer mecanismos de control de calidad de los procesos de comunicación y divulgación de la Administración Municipal.

17. Aplicar instrumentos técnicos para medir la percepción ciudadana sobre la gestión de la Administración Municipal. (Acuerdo 01/96, Art.42).

18. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de los objetivos del Despacho del Alcalde, de conformidad con la Constitución, la Ley y los Acuerdos.

Número de visitas a esta página: 2757
Fecha de publicación: 23/08/2016
Última modificación: 23/08/2016

Imprimir   -   Cerrar ventana