Imprimir la información de la página

Políticas de operación

Políticas de operación

Comparte esta publicación

1.  El Nivel Directivo, los Servidores Públicos y Prestadores de Servicios, deben comunicar e implementar todos los protocolos, procedimientos y guías, en el desarrollo de las actividades de vigilancia y control que realice la Autoridad Ambiental.

2.  El Nivel Directivo, los Servidores Públicos y Prestadores de Servicios, deben ejecutar proyectos anuales de reforestación y siembra de árboles en el área urbana del Municipio de Santiago de Cali, con el fin de mejorar la calidad ambiental y contribuir a la mitigación de los efectos del cambio climático, mediante la captura de gases de efecto invernadero.

3.  Los Servidores Públicos y Prestadores de Servicios, deben realizar visitas de vigilancia y control a las fuentes hídricas superficiales del Municipio de Santiago de Cali, con el fin de identificar las posibles afectaciones que se presenten, previniendo su deterioro y propender por su mejoramiento.

4.  Los Servidores Públicos, deben realizar semanalmente operativos de vigilancia y control, a los generadores de impactos ambientales urbanos en el Municipio Santiago de Cali, con el fin de conservar y proteger los recursos naturales renovables.

5.  Los Servidores Públicos, deben realizar diariamente actividades de vigilancia y control en los predios de conservación y Ecoparques administrados por el DAGMA, con el fin de reducir el deterioro de los recursos naturales (aire, agua, suelo, fauna y flora) en el Municipio Santiago de Cali.

Número de visitas a esta página: 2187
Fecha de publicación: 26/07/2016
Última modificación: 26/07/2016

Imprimir   -   Cerrar ventana