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El ABC del proceso de renovación de las licencias de conducción

El ABC del proceso de renovación de las licencias de conducción

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La siguiente información se brinda a la comunidad caleña con el propósito de despejar inquietudes que se han presentado con motivo del proceso de renovación de licencias de conducción. De esta manera, se dan respuestas con base en una recopilación de información suministrada, de manera oficial, por el Ministerio de Transporte y el organismo de Tránsito de Cali.

¿Quiénes deben renovar las licencias de conducción?

. Aquellos a quienes se les vence su período de vigencia, de cualquier índole, (particular o público) en cuyo documento figure una fecha de vencimiento de dicha vigencia.

.También existe la posibilidad de renovarla de forma voluntaria.

. Gracias al Decreto 019 de enero de 2012, conocido como Ley antitrámites, las licencias de conducción para vehículos particulares que indiquen un período indefinido de vigencia, así como las que posean un período de vigencia (y de hecho, estén vigentes al momento de la expedición de dicho decreto) quedaron con una vigencia automática de 10 años. Se exceptúan quienes por la edad sus licencias están sujetas a que la vigencia sea menor, es decir, que tengan de 60 a 80 años, a quienes se les vence a los 5 años.

. Ayda Lucía Ospina, directora Nacional de Tránsito y Transporte indicó: “La renovación de la licencia para conducir vehículos particulares es una renovación voluntaria, la hace la persona cuando quiere renovarla, porque todas quedaron renovadas automáticamente con la expedición del Decreto 019 de 2012. Ahora bien, el Código Nacional de Tránsito habla que para el caso de las licencias de vehículo público tienen un período más corto que es de tres años”.

¿En qué casos se puede presentar la renovación voluntaria?

. La renovación voluntaria se presenta especialmente en los casos que las personas viajan al extranjero y los organismos de tránsito de algunos países exigen que las licencias tengan un período definido de vigencia y, en estas al figurar como “indefinido”, no son aceptadas.

. De igual forma, cuando en el mismo caso, el documento físico que se tenga sea muy antiguo y por esto pueda generar alguna desconfianza por parte de autoridades internacionales de tránsito.

¿Cómo verifico si tengo mi licencia de conducción vigente o vencida?

. Si luego de revisar su documento tiene dudas, puede ingresar a www.runt.com.co, en el enlace “Ciudadanos” ingresa a su vez en “Consulta por Documento de Identidad”, allí saldrá una información similar a la presentada en la imagen a continuación:

 Si en efecto tengo mi licencia de conducción vencida, ¿cuál es el trámite que debo seguir para renovarla?

. En primer lugar debe practicarse un examen médico en un centro de reconocimiento de conductores (CRC) habilitado por el Ministerio de Transporte.

. Este examen verifica las condiciones físicas, síquicas y motrices del conductor. Dicha información es enviada al sistema RUNT por parte de dicho centro. Ver el recuadro de los CRC ubicados en Cali.

. En segundo lugar, y para el caso de Cali, el conductor debe dirigirse a una de las seis sedes donde se puede renovar la licencia de conducción, las cuales están localizadas en:
– Sede principal Salomia, Cra. 3 No. 56-90.
– Sede Sameco, Calle 70N No. 3BN-200.
– Sede Centro Comercial La 14 Valle del Lili, segundo piso.
– Sede Centro Comercial Automotriz Carrera, calle 52 No. 1B-160.
– Sede Centro Comercial Aventura Plaza, segundo piso.
– Sede centro Comercial Cosmocentro.

. En estas sedes le tomarán una foto y le indicarán el valor a cancelar.

. Luego de haber verificado que usted esté a paz y salvo por multas y comparendos, se expide su nueva licencia de conducción.

. Al cambiar el formato de la licencia de conducción (que ocurrirá a partir del 15 de julio en adelante) no varían estos pasos.

¿Cuánto debo pagar por el trámite? ¿Es el mismo costo a nivel nacional?

. Según el Ministerio de Transporte, el valor de los trámites varía en cada organismo de tránsito y es fijado por el Concejo Municipal o la Asamblea Departamental. El costo promedio de todo el trámite a nivel nacional oscila entre 150 y 200 mil pesos. Para el caso de Cali, el examen tiene un costo de 100 mil pesos y la renovación, 89.700 pesos en los puntos citados en la respuesta anterior.

¿Por qué es una obligación renovar la licencia de conducción?

. La obligación de renovar la licencia de conducción está contenida en las normas de tránsito.

. El Ministerio de Transporte, como primera autoridad, es el estamento que ordenó esta renovación, los organismos de tránsito solo cumplen con esta disposición.

Si tengo multas pendientes y vigentes en Cali, ¿puedo renovar mi licencia vencida?

Para aquellas personas que poseen multas de tránsito vigentes en Cali, no podrán realizar el proceso de renovación hasta que no se pongan al día por ese concepto. En este caso, si el usuario tiene multas vigentes, debe al menos realizar un acuerdo de pago para que podamos autorizarle el trámite, pero solo si no tiene otras multas en otro organismo.

¿Cómo hago para realizar este acuerdo de pago?

. Para esto, deben acercarse a la sede de Salomia y solicitar el acuerdo de pago, cuya cuota inicial depende del monto total de la deuda y va desde el 50 % hasta el 25 %.

. El número de cuotas restantes igualmente depende del saldo.

Si tengo mi licencia de conducción para vehículo público vigente, ¿puedo conducir vehículo particular?

. El Ministerio de Transporte indica que sí puede hacerlo, señalando que además esta licencia para conducir vehículo de servicio público debe renovarse cada tres (3) años.

Si mi licencia de conducción para vehículo público está vencida, ¿me sirve para conducir vehículo particular?

. Las licencias de conducción para vehículos de servicio público que estén vencidas no sirven para conducir vehículos particulares. Deberán ser renovadas o solicitar su recategorización, dependiendo del caso.

Entonces, a partir de ahora, ¿cada cuánto se renuevan las licencias?

. Cómo ya se indicó, la licencia para conducir vehículo de servicio público debe renovarse cada tres (3) años.

. La licencia para conducir vehículo particular debe renovarse cada diez (10) años, salvo los conductores que estén en el rango de edad, entre sesenta (60) y ochenta (80) años, quienes deberán renovar la licencia para particulares cada cinco (5) años y para públicos cada año.

. Los conductores de servicio particular mayores de ochenta (80) años, deberán renovarla cada año . Ver cuadro.

¿Cómo hago para saber qué categoría de licencia tengo? ¿Y Cuáles son?

. Debe buscar esta información en la licencia de conducción que porta.

. Las categorías de licencias para conducir vehículo particular son: B1, B2 o B3, no obstante debe tenerse en cuenta que en unos formatos aparece: 02 ó 03.

Las categorías de licencias para conducir vehículo de servicio público son: C1, C2 o C3, no obstante debe tenerse en cuenta que en unos formatos aparece: 04, 05 ó 06.

¿Cuándo debo hacer la recategorización de la licencia?

. Si su licencia tiene una categoría para conducir servicio público y desea que se recategorice para conducir vehículo particular, debe acercarse al organismo de tránsito y hacer la solicitud.

. Su licencia cambiará de categoría y quedará con una vigencia de 10 años.

. Si es lo contrario, se requiere capacitación previa en una escuela de enseñanza autorizada (Mintransporte).

¿Qué pasa con la vigencia de las licencias de conducción para vehículo particular después del Decreto 019 de 2012?

El Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular. Por eso, si su licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y los 80 años de edad cuya vigencia será de 5 años.

. Después de los 80 años deberá renovarla cada año.

. Para las licencias de vehículo público se hace cada 3 años, pues esta disposición no fue modificada por el Decreto 019 de 2012.

¿Qué diferencia hay entre la RENOVACIÓN de la licencia y la SUSTITUCIÓN de la misma?

. La renovación es un proceso que realizan los ciudadanos ante los organismos de tránsito, en los casos ya explicados (cuando se encuentra vencida)

. La sustitución es el proceso que debe adelantar el Ministerio de Transporte para cambiar todas las licencias de conducción en un único formato, el cual será gratuito.

. Por ahora el Ministerio no tiene previsto hacer un proceso de sustitución hasta el 2015.

¿A partir de qué fecha se exigirá el nuevo formato, teniendo en cuenta que las licencias antiguas tiene una vigencia de diez años aún si tienen fecha de vencimiento?

. A partir del 15 de julio de 2013, entrará en circulación el nuevo formato de licencia de conducción, según la resolución 623 del 2013 expedida por el Ministerio de Transporte.

Si por ejemplo renuevo mi licencia el día 14 de julio de 2013, ¿con cuál formato queda y cuándo vencería?

. Queda con el formato antiguo.

. Si la pidió para conducir transporte público, se vencerá el 13 de julio de 2016.

. Si la solicita para conducir vehículo particular, se vencerá el 13 de julio de 2023.

. El proceso de cambio al nuevo formato se realizará de forma gradual a través de los trámites actuales: renovación, recategorización, refrendación o duplicado.

. Las personas que tengan vigente su licencia de conducción estarán en la obligación de cambiarla por la nueva, una vez esta se venza.

Si tengo 25 años y mi licencia es categoría c1 y manejo transporte público, ¿cuando debo renovarla?

. Tiene tres (3) años a partir de la fecha de expedición, tal como se indica en el cuadro anexo.

¿Cuáles son las características de la nueva licencia de conducción?

Así lo explica el Ministerio de Transporte:

– Un número único de la licencia de conducción que corresponde al número de identidad del conductor.
– Mayor información del conductor como: la fecha de nacimiento y tipo de sangre.
– Una lámina base con altos niveles de seguridad.
– Relaminado con cinta holográfica, como las actuales cédulas de ciudadanía. Un único documento que refleja todas las categorías; es decir, quien tiene licencia de conducción de moto y carro, ya no necesitarán un documento para cada vehículo; en la nueva están todas las categorías autorizadas.

DISEÑO DE LA NUEVA LICENCIA DE CONDUCCIÓN

¿Qué ocurre con las licencias de conducción extranjeras?

. Tal como lo indica el artículo 25 del Código Nacional de Tránsito, las licencias de conducción, expedidas en otro país, que se encuentren vigentes y que sean utilizadas por turistas o personas en tránsito en el territorio nacional, serán válidas y admitidas para conducir en Colombia durante la permanencia autorizada a su titular, conforme con las disposiciones internacionales sobre la materia.

¿Cuánto tiempo calcula el Ministerio de Transporte que durará el proceso de cambio de las licencias?

. El Ministerio considera que todos los ciudadanos que tienen hoy licencias de conducción vigente, surtirán su proceso de renovación en un período que no superará los próximos 3 años para quienes tienen licencia para conducir vehículos de servicio público y los próximos 10 años para los quienes tienen licencia para conducir vehículos particulares o un tiempo menor dependiendo de la edad.

Renovación de licencias de conducción de vehículos particulares y públicos

 

Más información puede ser consultada en los siguientes enlaces:

http://www.youtube.com/watch?v=PuTYDK_TKsA

https://www.youtube.com/watch?v=cJFLPTPBCOk

/ Oficina de Comunicaciones de la Secretaría de Tránsito

¡Cali es Mundial!: Juegos Mundiales 2013, del 25 de julio al 4 de agosto
 


 

 

 


 

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Fecha de publicación: 06/07/2013

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