C O M U N I C A D O
PARA: PROPIETARIOS DE ESTABLECIMIENTOS QUE REALIZAN ACTIVIDADES DE ALMACENAMIENTO Y EXPENDIO DE CARNE Y/O PRODUCTOS CÁRNICOS COMESTIBLES.
DE: SECRETARIA DE SALUD PÚBLICA MUNICIPAL
ASUNTO: INFORMACIÓN ACERCA DE LA INSCRIPCIÓN, INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS Y TRANSPORTE DE CARNE Y/O PRODUCTOS CÁRNICOS COMESTIBLES.
La Resolución No. 2016041871 del 7 de octubre de 2016 establece los lineamientos para obtener autorización sanitaria provisional por establecimientos que realizan las actividades de almacenamiento y expendios de carne y/o productos cárnicos comestibles, así como la inscripción, inspección, vigilancia y control de transporte de carne y/o productos cárnicos comestibles; Dando cumplimiento a los lineamientos del INVIMA el cual indica que todos los establecimientos mencionados deberán cumplir las condiciones sanitarias establecidas en el Decreto 1500 de 2007 y los anexos técnicos complementarios. Por lo anterior, los establecimientos deberán realizar:
1. INSCRIPCIÓN
Realizar proceso de inscripción ante la Secretaría de Salud Pública Municipal, diligenciando el formulario de acuerdo a la actividad:
El formulario diligenciado con letra legible y sin tachones ni enmendaduras (original y copia) deberá ser entregado en la sede principal, oficina de IVC Alimentos y bebidas alcohólicas piso 1 Grupo de Salud Ambiental o preguntar por la Auxiliar administrativo Yasmid Dominguez Collazos quien le recibirá el formulario y otorgará el código único de inscripción.
2. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PROVISIONAL
Una vez realizada la inscripción el propietario del establecimiento deberá solicitar la autorización provisional a la Secretaria de Salud antes de dos meses diligenciando:
El formulario diligenciado se recibirá en la sede principal de la Secretaría de Salud quien entregará respuesta en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles.
3. VISITA DE VERIFICACION
La Secretaría de Salud realizará visita de verificación, en la cual evidenciará el cumplimiento de los requisitos sanitarios por parte del establecimiento, mediante la aplicación de ficha de diagnóstico, de la cual depende el otorgamiento de la AUTORIZACION SANITARIA.
En caso de no cumplimiento de requisitos obligatorios y evidenciarse el desarrollo de actividades de almacenamiento y/o distribución y expendio de carne y PCC sin contar con la autorización sanitaria serán objeto de las MEDIDAS SANITARIAS DE SEGURIDAD Y SANCIONES a que haya lugar.
Los formularios podrán ser descargados desde la página web de la Alcaldía de Santiago de Cali o reclamarlo en los siguientes puntos:
UES/Sede |
DIRECCIÓN |
TELEFONO |
Ladera |
Cll 1 # 50-51 B/ Siloé |
5520927 – 5520931 |
Norte |
Av. 7N # 46N – 30 El Bosque |
6646240 – 6652753 |
Centro |
Cra. 12E # 50-18 Villacolombia |
4489875 - 4489899 |
Oriente |
Cra. 29 # 31A-39 La Fortaleza |
3346946 - 3347385 |
Rural |
Cll. 4B # 36-00 San Fernando |
5542462 - 5543202 |
Principal |
5577643 - 5543530 |
|
Centro de Zoonosis |
Cra. 9 # 29-09 Industrial Los mangos |
4411524 |