La atención al contribuyente se realizará en cumplimiento riguroso con los protocolos de atención y la carta de trato digno establecido en el proceso de Atención al Ciudadano conforme al Programa Nacional de Servicio al Ciudadano.
La información tributaria aportada por el contribuyente solo podrá ser utilizada por los servidores públicos en la ejecución del proceso tributario y se garantizará su reserva.
Los programas de fiscalización en cada vigencia deben alcanzar a contribuyentes de variadas características y su ejecución se fundamentará en la competencia profesional del personal de auditores y un eficaz sistema de información.
Las liquidaciones oficiales de los impuestos se realizan como máximo treinta (30) días antes del vencimiento de términos.
El seguimiento y control del plan anual de gestión tributaria se realizará mensualmente y se analizará trimestralmente en los comités técnicos